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BOC Nº 247. Jueves 11 de Diciembre de 2008 - 4972

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona

4972 - EDICTO de 17 de julio de 2008, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000278/2004.

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Dña. Elisa Isabel Soto Arteaga, Jueza del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a veintiocho de abril de dos mil ocho.

Vistos por mí, D. Lorenzo Rosa Lería, Magistrado/Juez titular del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 3 de Arona y su partido, los presentes autos de juicio verbal de reclamación de cantidad seguidos con el nº 278/04, a instancias del Procurador D. Francisco González Pérez, en nombre y representación de D. Alexi Rodríguez López defendido por el Letrado D. Manuel González Bastarrica, contra la entidad aseguradora Banco Vitalicio, representada por la Procuradora Dña. Amparo Duque Martín de Oliva y defendida por la Letrada Dña. Isabel Jiménez Cairot, y contra D. Arturo A. Piñero Sierra que fue declarado en rebeldía procesal.

Vistos, por la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona y su Partido, los prestes autos de juicio verbal LEC. 2000, bajo el nº 0000278/2004, seguidos a instancia de D. Alexi Rodríguez López, representado por el Procurador D. Francisco González Pérez, y dirigido por el Letrado desconocido, contra D. Arturo Antonio Piñero Sierra y Banco Vitalicio de España Compañía Anónima de Seguros y Resguardos, en paradero desconocido y en situación de rebeldía.

FALLO:

Estimar la demanda interpuesta por el Procurador, D. Francisco González Pérez, en nombre y representación de D. Alexi Rodríguez López defendido por el Letrado D. Manuel González Bastarrica, contra la entidad aseguradora Banco Vitalicio, representada por la Procuradora Dña. Amparo Duque Martín de Oliva y defendida por la Letrada Dña. Isabel Jiménez Cairot, y contra D. Arturo A. Piñero Sierra que fue declarado en rebeldía procesal y se condena a los codemandados a abonar, solidaria y conjuntamente, al actor la cantidad de mil novecientos noventa y seis euros y cuatro céntimos (1.996,04 euros), más los intereses moratorios del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro para la entidad aseguradora y los intereses legales.

Se imponen las costas procesales a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes y contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Expídase testimonio de esta resolución para su incorporación a los autos y llévese el original al Libro de Sentencias.

Así lo acuerda, manda y firma, D. Lorenzo Rosa Lería, Magistrado/Juez titular del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 3 de Arona (Santa Cruz de Tenerife).

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada la anterior sentencia por el Sr. Magistrado/Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 3 de esta Ciudad, estando celebrando audiencia pública en el día de la fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en Arona, a 17 de julio de 2008.- La Jueza.- La Secretaria.

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