Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 246. Miércoles 10 de Diciembre de 2008 - 1913

III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

1913 - DECRETO 238/2008, de 23 de octubre, del Presidente, por el que se establecen los registros del Departamento.

Descargar en formato pdf

La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, establece en su artículo 38, apartados 1 y 2, que los órganos administrativos habrán de llevar un registro general en el que anotarán las entradas y salidas de todo escrito o comunicación que reciban o dirijan a otros órganos o particulares, pudiendo además crear registros auxiliares de dicho registro general al objeto de facilitar la labor de éstos.

Asimismo, el apartado 6 de dicho artículo dispone que cada Administración Pública establecerá los días y el horario de funcionamiento de las oficinas de registro; además el apartado 8 dispone la obligación de dar publicidad y mantener actualizada la relación de sus oficinas propias y concertadas.

En este sentido, el Decreto 105/2000, de 26 de junio (B.O.C. nº 86, de 12 de julio), regula determinados aspectos del funcionamiento de los registros de la Administración Autonómica de Canarias y prevé, en su artículo 5, que la creación, modificación o supresión de registros se realizará mediante orden departamental que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.

Por Decreto 353/2007, de 9 de noviembre, del Presidente (B.O.C. nº 235, de 23 de noviembre), se procedió a modificar, crear y suprimir los registros adscritos al Departamento.

Posteriormente se aprobaron el Decreto 129/2008, de 3 de junio (B.O.C. nº 115, de 10 de junio), de Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno, y el Decreto 161/2008, de 15 de julio (B.O.C. nº 152, de 30 de julio), que reguló las delegaciones y oficinas sectoriales del Gobierno de Canarias en el extranjero.

Como consecuencia del mismo, es preciso adaptar los registros del Departamento.

En virtud de la competencia atribuida en el artículo 4.1 del Decreto 129/2008, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno,

D I S P O N G O:

Primero.- Establecer los registros adscritos a la Presidencia del Gobierno que se relacionan en el anexo, con indicación de su localización, carácter, órganos a los que presta servicio y horario de atención al público.

Segundo.- Dejar sin efectos el Decreto 353/2007, de 9 de noviembre (B.O.C. nº 235, de 23 de noviembre), del Presidente, por el que se establecen los registros del Departamento.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de octubre de 2008.

EL PRESIDENTE,

Paulino Rivero Baute.

Ver anexos - páginas 24633-24634

© Gobierno de Canarias