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BOC Nº 245. Martes 9 de Diciembre de 2008 - 1897

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Nombramientos, situaciones e incidencias - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

1897 - ORDEN de 14 de noviembre de 2008, por la que se dispone el cese y nombramiento de Secretario del Comité Canario de Disciplina Deportiva y de la Junta Canaria de Garantías Electorales del Deporte.

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Examinada la propuesta de la Dirección General de Deportes relativa al cese y nombramiento de Secretario del Comité Canario de Disciplina Deportiva y de la Junta Canaria de Garantías Electorales del Deporte, de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de 27 de enero de 1991 se nombra a D. Antonio Aguiar Díaz, Secretario del Comité Canario de Disciplina Deportiva (B.O.C. nº 17, de 8 de febrero).

Segundo.- Por Resolución de 7 de mayo de 1992, del Director General de Deportes, se nombra a D. Antonio Aguiar Díaz Secretario de la Junta Canaria de Garantías Electorales del Deporte (B.O.C. nº 106, de 31 de julio).

A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 40.2 del Decreto 51/1992, de 23 de abril, por el que se regula la constitución y funcionamiento de las Federaciones Deportivas Canarias (B.O.C. nº 57, de 6 de mayo), determina que la Junta Canaria de Garantías Electorales del Deporte estará asistida por un Secretario, que deberá ser también Licenciado en Derecho, con voz pero sin voto, designado por el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, entre los funcionarios del Departamento.

Segundo.- El artículo 11 del Decreto 278/1990, de 27 de diciembre, por el que se crea el Comité Canario de Disciplina Deportiva (B.O.C. nº 10, de 23 de enero), establece que el Secretario del Comité, con voz pero sin voto, será designado por el Consejero competente en materia deportiva de entre los funcionarios del Departamento.

De acuerdo con todo lo anterior y en virtud de las competencias que me otorga el artículo 29 de la Ley 14/1990, de 26 de julio (B.O.C. nº 96, de 1 de agosto), el artículo 32 de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública (B.O.C. nº 11, de 30 de abril), los artículos 4 y 5 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación (B.O.C. nº 148, de 1 de agosto), en su redacción actual.

D I S P O N G O:

Primero.- El cese de D. Antonio Aguiar Díaz como Secretario de la Junta Canaria de Garantías Electorales del Deporte, agradeciendo los servicios prestados, y el nombramiento de D. Aníbal Herrera Rodríguez en su sustitución.

Segundo.- El cese de D. Antonio Aguiar Díaz como Secretario del Comité Canario de Disciplina Deportiva, agradeciendo los servicios prestados, y el nombramiento de D. Aníbal Herrera Rodríguez en su sustitución.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de noviembre de 2008.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,

Milagros Luis Brito.

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