BOC - 2008/239. Viernes 28 de Noviembre de 2008 - 1837

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

1837 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 18 de noviembre de 2008, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 31 de octubre de 2008, relativo al recurso contencioso-administrativo nº 1381/2000, interpuesto contra la aprobación definitiva del Plan Especial del Paisaje Protegido de Tafira.

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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 31 de octubre de 2005, relativo al recurso contencioso-administrativo nº 1381/2000, interpuesto contra la aprobación definitiva del Plan Especial del Paisaje Protegido de Tafira, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de noviembre de 2008.- La Directora General de Ordenación del Territorio, Sulbey González González.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 31 de octubre de 2008 en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento del cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de mayo de 2008, recaída en el recurso de casación nº 2659/2004, confirmando la Sentencia de instancia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 2 de mayo de 2003, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 1381/2000, interpuesto por Dña. Emilia Bravo de Laguna y otros contra la aprobación definitiva del Plan Especial del Paisaje Protegido de Tafira, adoptada mediante Acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Canarias en sesión de 29 de abril de 1999, Sentencia, esta última, que estima el antedicho recurso contencioso-administrativo, en cuanto hacer desaparecer la calificación de uso general de la zona IV denominada Parque Monte Lentiscal que quedará incluida en las zonas de uso tradicional, con imposición de las costas del recurso de casación al Gobierno de Canarias como parte recurrente en los términos señalados en el fundamento cuarto de la Sentencia de Casación.

Segundo.- Instar al Servicio de Espacios Naturales de esta Consejería que lleve a puro y debido efecto lo acordado en la mencionada Sentencia, y en base al fallo de la misma, proceda a su ejecución, modificando el Plan Especial del Paisaje Protegido de Tafira, haciendo desaparecer la calificación de uso general de la zona IV denominada Parque Monte Lentiscal que quedará incluida en la zona de uso tradicional.

Tercero.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, al Cabildo Insular de Gran Canaria y al recurrente.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Ángela Sánchez Alemán.



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