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JUZGADO DE: 1ª Instancia nº 3 (Antiguo mixto) de La Laguna.
JUICIO: familia. Divorcio contencioso 0000223/2007.
PARTE DEMANDANTE: Dña. Antonia María Cruz Mora.
PARTE DEMANDADA: D. Norbert Johanne Shaaf.
SOBRE: divorcio.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
SENTENCIA
En San Cristóbal de La Laguna, a diecinueve de junio de dos mil siete.
Dña. María Carmen Serrano Moreno, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Tres de los de La Laguna y su Partido Judicial, habiendo visto los presentes Autos de Procedimiento de Divorcio promovidos por Dña. Antonia María Cruz Mora y en su representación la Procuradora de los Tribunales Sra. Marco Flor y dirigido por Letrado D. Guillermo de la Torre Fernández Vega contra D. Norbert Johanne María Shaaf, en rebeldía, en solicitud de que se decrete el divorcio de los cónyuges, en base a lo dispuesto en el artº. 86 del Código Civil, y
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Marco Flor en nombre y representación de Dña. Antonia María Cruz Mora contra D. Norbert Johanne María Shaaf, rebelde en la causa, y en consecuencia debo declarar y declaro disuelto el matrimonio por divorcio de los litigantes con todos los efectos legales inherentes a tal declaración. Se declara disuelta la sociedad de gananciales. No procede hacer especial pronunciamiento en materia de costas procesales.
Contra esta Sentencia cabe interponer ante este Juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.
Expídase testimonio de la presente resolución, una vez firme, al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio, a los efectos oportunos.
Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio, para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de D. Norbert Johanne María Shaaf por providencia de 23 de octubre de 2008 la Magistrada Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.
En La Laguna, a 23 de octubre de 2008.- El Secretario Judicial.
DILIGENCIA.- En La Laguna, a 23 de octubre de 2008.
La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios.
Doy fe.
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