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BOC Nº 221. Martes 4 de Noviembre de 2008 - 1683

I. DISPOSICIONES GENERALES - Presidencia del Gobierno

1683 - CORRECCIÓN de errores de la Ley 3/2008, de 31 de julio, de devolución parcial de la cuota del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo y de establecimiento de una deducción autonómica en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la variación del euribor (B.O.C. nº 157, de 6.8.08).

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Advertido error en el texto de la Ley 3/2008, de 31 de julio, de devolución parcial de la cuota del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo y de establecimiento de una deducción autonómica en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la variación del euribor (B.O.C. nº 157, de 6.8.08), se procede a su oportuna rectificación:

DISPOSICIÓN FINAL

En el apartado 3, se suprime el párrafo final:

"La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias".

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de agosto de 2008.

EL PRESIDENTE,

Paulino Rivero Baute.

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