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BOC Nº 216. Martes 28 de Octubre de 2008 - 4187

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria

4187 - EDICTO de 9 de mayo de 2008, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000427/2006.

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D. Fausto de la Plaza Gutiérrez, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido.

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

En Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de junio de 2007, D. Juan Avello Formoso, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Dos de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los autos civiles de juicio declarativo ordinario, seguidos en este Juzgado con el nº 427/2006, sobre reclamación de cantidad, promovidos por la mercantil Pecanama, Sociedad Limitada, que compareció en los autos representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. López Vera, quien actuó bajo dirección letrada del Sr. Cruz Santana, contra mercantil Canarias Turismo y Ocio Travel Expresa, S.L., D. Marcial Lozano Perdomo y contra D. José Francisco Monzón Alemán, que pese a ser citados y emplazados en legal forma, no comparecieron, por lo que se les declaró en situación de rebeldía procesal.

Vistos, por el Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, los presentes autos de juicio ordinario, bajo el nº 0000427/2006, seguidos a instancia de Pecanama Sociedad Limitada, representado por el Procurador Dña. Inmaculada Hortensia López Vera, y dirigido por el Letrado D. Agustín Cruz Santana, contra Canarias Turismo y Ocio Travel Express Sociedad Limitada, Marcial Lozano Perdomo y José Francisco Monzón Alemán, en paradero desconocido y en situación de rebeldía.

FALLO: que estimando la demanda interpuesta por la mercantil Pecanama, Sociedad Limitada, contra Canarias Turismo y Ocio Travel Expresa, S.L., D. Marcial Lozano Perdomo y D. José Francisco Monzón Alemán, debo condenar y condeno de forma conjunta y solidaria a los demandados a pagar a la actora la cantidad de 84.141,69 euros; y todo ello imponiendo a la parte demandada las costas de esta primera instancia.

Dicha cantidad devengará desde el 24 de marzo de 2006 y hasta la fecha el interés legal del dinero, y dicho índice incrementado en dos puntos desde hoy hasta su completo pago.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación para la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, lo pronuncio, mando, y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, la entidad Canarias Turismo y Ocio Travel Express, S.L. y a D. José Francisco Monzón Alemán, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de mayo de 2008.- El/la Secretario.

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