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BOC Nº 203. Jueves 9 de Octubre de 2008 - 3929

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

3929 - Instituto Canario de la Mujer.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 25 de septiembre de 2008, que requiere a las entidades que han solicitado subvenciones al amparo de la convocatoria efectuada por Resolución de 22 de julio de 2008, destinadas a fomentar la integración social de las mujeres inmigrantes, al objeto de que procedan a la subsanación de las solicitudes o acompañen los documentos preceptivos.

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Por Resolución de esta Dirección de 22 de julio de 2008 (B.O.C nº 155, de 4.8.08), se aprobaron las bases de vigencia indefinida y se efectuó la convocatoria de subvenciones para el año 2008, destinadas a fomentar la integración social de las mujeres inmigrantes.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes de subvención establecido en la base cuarta, punto 3, de la convocatoria y una vez comprobada la documentación recibida por parte del Servicio de Planificación y Programas, procede requerir a las entidades solicitantes para que, conforme a lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, subsanen y/o completen la documentación relacionada en la base cuarta, punto 5, de la convocatoria, en el plazo de diez días hábiles, a contar a partir del siguiente a la publicación del requerimiento.

En su virtud, esta Dirección, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

R E S U E L V E:

Primero.- Requerir a los/as interesados/as relacionados/as en el anexo I que se acompaña para que, en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del mismo en el Boletín Oficial de Canarias, subsanen y/o completen los documentos y/o datos que se detallan en el citado anexo, conforme a la codificación contemplada en el anexo II, con la expresa advertencia de que, si así no lo hicieren y de conformidad con lo establecido en el citado artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se les tendrá por desistidos de su petición, previa Resolución que se dictará en los términos establecidos en el artículo 42 de esa misma Ley.

Segundo.- Proceder a la publicación de la presente Resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de septiembre de 2008.- La Directora, Isabel de Luis Lorenzo.

Ver anexos - páginas 19472-19475

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