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BOC Nº 202. Miércoles 8 de Octubre de 2008 - 3918

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Gran Canaria

3918 - ANUNCIO de 17 de septiembre de 2008, relativo a notificación de la Resolución recaída en el recurso interpuesto en el procedimiento sancionador nº 100683-O-2007 en materia de transportes terrestres por carretera.

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Intentada la notificación personal al interesado y no habiéndose podido practicar, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, procede insertar anuncio para la notificación de la Resolución recaída en el recurso interpuesto en el procedimiento sancionador en materia de transportes terrestres por carretera, con fecha 8 de mayo de 2008.

Rf.: Procedimiento Sancionador nº: 100683-O-2007.

Por medio del presente anuncio se le hace saber que el Consejo de Gobierno Insular de esta Corporación, en sesión de fecha 17 de junio de 2008, ha resuelto el recurso interpuesto en el expediente sancionador antes referenciado, con el siguiente tenor literal:

"Examinados el procedimiento y el recurso de reposición, se han apreciado los siguientes

HECHOS

Primero.- El interesado ha interpuesto recurso de reposición con fecha 8 de mayo de 2008, contra la Resolución recaída en el procedimiento sancionador antes referenciado, dictada por el Consejero de Desarrollo Económico, Obras Públicas e Infraestructuras y Transportes con fecha 26 de marzo de 2008, y notificada con fecha 24 de abril de 2008, por la cual se resolvió sancionarle por infracción grave en materia de transporte terrestre.

Segundo.- El recurrente fundamenta su pretensión anulatoria del acto recurrido manifestando, en síntesis, que el vehículo sancionado reunía los requisitos para su otorgamiento y la autorización de transporte no ha sido denegada, que se acceda al sobreseimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La materia objeto de recurso es competencia de este Cabildo Insular, de conformidad con lo establecido en la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y el Decreto 159/1994, de 21 de julio, de transferencias de funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de transportes terrestres y por cable.

Segundo.- Artículos 54.1.b) y 113 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Tercero.- Examinados los requisitos de admisibilidad del recurso, relativos a la legitimación, forma y plazo para su interposición, se aprecia su cumplimiento.

Cuarto.- Sobre las cuestiones planteadas por el recurrente son procedentes las siguientes consideraciones:

Que de acuerdo con la base de datos de este Servicio de Transportes presentaron solicitud de autorización de la serie MDP, la cual está pendiente de presentar documentación y no pudiendo obtener la misma.

Por lo que la sanción propuesta se ajusta a lo establecido en el artº. 140.1.9 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, siendo este el precepto sancionador aplicable a tenor de la comisión de una infracción grave tipificada en el artº. 143.1.i) LOTT.

En su virtud, el Consejo de Gobierno Insular, de acuerdo con la atribución conferida por el artº. 127.1.l), en relación con la Disposición Adicional Decimocuarta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, y con el artº. 73.A) del Reglamento Orgánico del Cabildo de Gran Canaria (B.O.P. de 24.2.92), en su redacción modificada en Acuerdo Plenario de fecha 31 de enero de 2000,

ACUERDA

Desestimar la pretensión formulada en el recurso de reposición interpuesto por D. José Antonio Herrera Trujillo, en representación de Obras y Desmontes José Venancio, S.L., con fecha 8 de mayo de 2008, contra la resolución del procedimiento sancionador nº GC-100683-O-2007, confirmando y manteniendo la Resolución del Consejero de Desarrollo Económico, Obras Públicas e Infraestructuras y Transportes que impuso la sanción de 4.601,00 euros.

Contra esta Resolución, que es firme en vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa."

Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de septiembre de 2008.- El Titular del Órgano de Apoyo al Consejo de Gobierno Insular, p.d., la Jefa de Servicio de Asuntos Generales (Decreto 45/2008, de 3 de julio), Rosa María Morales Socorro.

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