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BOC Nº 197. Miércoles 1 de Octubre de 2008 - 3805

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

3805 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 23 de septiembre de 2008, del Director, por el que se notifica Resolución de justificación total de la subvención concedida a la entidad Persiten Las Palmas, S.L.- Expte. 04-35/00557 I+E.

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Habiendo sido intentada la notificación de la Resolución de justificación total de la subvención concedida a la entidad Persiten Las Palmas, S.L., expediente 04-35/00557 I+E, sin que haya sido recibida por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber al mismo que con fechas 9 y 10 de julio de 2008, fue intentada la mencionada notificación del tenor literal.

Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo por la que se declara justificada totalmente la subvención concedida a la entidad Persiten Las Palmas, S.L.

Visto el expediente de referencia, en aplicación de la normativa vigente, resultan los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo, nº 04-35/1692, de fecha 24 de agosto de 2004, se concedió a la entidad Persiten Las Palmas, S.L. con C.I.F. B35762194, una subvención por importe de nueve mil seiscientos dieciséis euros con veinte céntimos (9.616,20 euros), para la contratación indefinida de dos trabajadores desempleados en los términos que se señalan en la Resolución de concesión y en cumplimiento de lo dispuesto en la Sección 2ª del Título III (artículos 21 a 25) de la Orden de 15 de julio de 1999, por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificados como I+E (B.O.E. de 31.7.99).

Segundo.- Tanto el artículo 25 de la Orden de 15 de julio de 1999, como la propia Resolución de concesión, establecen la obligación del beneficiario de la subvención de mantener el nivel de plantilla de trabajadores contratados indefinidamente y de los socios trabajadores de cooperativas y sociedades laborales durante al menos tres años. Cuando en dicho plazo se produzca el cese de trabajadores fijos o socios trabajadores, salvo en los supuestos de fuerza mayor, la empresa antes de transcurrido el plazo de un mes está obligada a sustituirlos al menos por la misma jornada sin que dicha contratación dé lugar a una nueva subvención.

Tercero.- Revisada la documentación justificativa obrante en el expediente se comprueba que los puestos de trabajo subvencionados han estado ocupados por los trabajadores y por los períodos que se relacionan a continuación:

Ver anexos - página 18761

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Director del Servicio Canario de Empleo es competente para dictar la presente Resolución de justificación total, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril.

Segundo.- Resulta de aplicación al presente expediente lo previsto en la Orden de 15 de julio de 1999, cuya gestión fue transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias mediante Real Decreto 150/1999, de 29 de enero (B.O.E. de 17 de febrero), modificado por Real Decreto 939/1999, de 4 de junio (B.O.E. de 25 de junio), gestión atribuida al Servicio Canario de Empleo por la Ley 12/2003, de 4 de abril (B.O.C. de 28 de abril), en relación con el Decreto 150/2001, de 23 de julio (B.O.C. de 3 de agosto) y 155/2002, de 24 de octubre (B.O.C. de 15 de noviembre).

Tercero.- Tal y como se ha señalado en el antecedente de hecho tercero de la presente resolución, los puestos de trabajo subvencionados han permanecido ocupados más de los tres años exigidos en el artículo 25 de la Orden de 15 de julio de 1999. Por lo tanto, procede declarar justificada totalmente la subvención de referencia.

R E S U E L V O:

Primero.- Declarar totalmente justificada la subvención concedida a la entidad Persiten Las Palmas, S.L., con C.I.F. nº B35762194, mediante Resolución nº 04-35/1692, de fecha 24 de agosto de 2004, por importe de nueve mil seiscientos dieciséis euros con veinte céntimos (9.616,20 euros), sin perjuicio de las actuaciones de comprobación e inspección a efectuar por el Servicio Canario de Empleo y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, así como a las de control financiero que correspondan a la Intervención General del Estado y de la Comunidad Autónoma de Canarias, con independencia de las que pueda efectuar, en su caso, el Tribunal de Cuentas del Estado y la Audiencia de Cuentas de Canarias, así como la Comisión y el Tribunal de Cuentas de la Unión Europea en el supuesto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo, consecuencia de los cuales pudieran derivarse nuevos incumplimientos.

Segundo.- Notificar la presente Resolución al interesado en el expediente, con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.- El Director del Servicio Canario de Empleo, p.d., la Subdirección de Empleo (Resolución nº 07-35/2927, de 18.7.07), p.v., el Secretario General (Resolución nº 08-38/2485, de 24.6.08), David Carlos Gómez Prieto.

Este acto administrativo ha sido propuesto en Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de junio de 2008 por la Subdirección de Empleo, p.v., el Secretario General (Resolución nº 08-38/2485, de 24.6.08), David Carlos Gómez Prieto.

Lo que notifico a vd., en cumplimiento de lo establecido en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.- La Subdirección de Empleo, p.v., el Secretario General (Resolución nº 08-38/2485, de 24.6.08), David Carlos Gómez Prieto.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de septiembre de 2008.- El Director, Alberto Génova Galván.

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