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BOC Nº 196. Martes 30 de Septiembre de 2008 - 1463

III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

1463 - Secretaría General.- Resolución de 26 de septiembre de 2008, por la que se dispone la publicación del acuerdo por el que se aprueban las medidas de choque para la simplificación y reducción de cargas en la tramitación administrativa y mejora de la regulación.

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Aprobado por el Gobierno de Canarias, en sesión de 16 de septiembre de 2008, el acuerdo por el que se aprueban las medidas de choque para la simplificación y reducción de cargas en la tramitación administrativa y mejora de la regulación, y de conformidad con el punto tercero del mismo,

R E S U E L V O:

Disponer la publicación del acuerdo por el que se aprueban las medidas de choque para la simplificación y reducción de cargas en la tramitación administrativa y mejora de la regulación, conforme al detalle contenido en el anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de septiembre de 2008.- El Secretario General, Fernando Ríos Rull.

El Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 16 de septiembre de 2008 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

16.- PROPUESTA DE ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS MEDIDAS DE CHOQUE PARA LA SIMPLIFICACIÓN Y REDUCCIÓN DE CARGAS EN LA TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA Y MEJORA DE LA REGULACIÓN. (CONSEJERÍAS DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y SEGURIDAD Y DE ECONOMÍA Y HACIENDA).

La prestación de un servicio público eficaz, eficiente, de calidad y cercano al ciudadano constituye hoy en día un pilar básico en la actividad de la Administración Pública. El Gobierno de Canarias, consciente de ello ha emprendido un proceso de transformación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en una administración más eficiente, moderna, transparente y dirigida al ciudadano, una administración que ayude a impulsar el crecimiento económico, donde se minimicen las barreras burocráticas que impliquen una sobrecarga de trabajo y ralenticen la actividad privada.

Por ello y, con objeto de impulsar el proceso de modernización y mejora de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y del resto de Administraciones Públicas canarias, el Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 22 de abril de 2008, adoptó el acuerdo por el que se aprueban las "Acciones para la Modernización de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias". Este documento se configura como un instrumento estratégico y horizontal que incluye las iniciativas prioritarias que ayudarán, de forma significativa, a la mejora de la prestación de los servicios públicos y a la modernización administrativa de la Administración Canaria, y cuyo desarrollo se llevará a cabo mediante la aprobación y ejecución de Planes operativos anuales.

Dentro de dichas "Acciones" se encuentra el Programa de Simplificación, Racionalización y Normalización de Procedimientos cuya finalidad es entre otras, reducir los plazos y tiempos de respuesta, eliminando trámites innecesarios y suprimiendo o reduciendo los documentos que deban presentarse a los estrictamente necesarios, acometiendo la elaboración de manuales de procedimientos, así como el impulso de la tramitación de los procedimientos en soporte digital.

En ejecución de este programa se han ido desarrollando en distintos ámbitos de la actividad administrativa acciones o medidas que han conformado la base para alcanzar una Administración orientada al ciudadano y gestionada sobre los principios de calidad y compromiso. Está previsto que antes del próximo día 30 de septiembre de 2008, se apruebe el Plan Anual Operativo para 2009, en el cual se describen las acciones específicas a desarrollar durante el próximo año y que incluirán un buen número de proyectos orientados a la simplificación y racionalización administrativa. Se han iniciado los trabajos para la elaboración del Catálogo de Procedimientos Administrativos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y la definición del grado de adaptación de cada procedimiento a la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

En esta misma línea y en el área de empleo, se ha creado el Registro de solicitantes de subvenciones al Servicio Canario de Empleo, lo que representa una ventaja para las empresas o personas solicitantes, por cuanto la inscripción de la persona o entidad en dicho registro exime de presentar en cada concreta convocatoria que realice el Servicio Canario de Empleo los datos que figuren en el mismo y, en su caso, la documentación acreditativa de tales datos, mientras dure la validez de la inscripción. Asimismo y para lograr una mayor cercanía con el ciudadano demandante de empleo, se ha puesto en funcionamiento la Oficina On-line de atención al desempleado.

En materia de medio ambiente y ordenación territorial, se encuentra en tramitación el Anteproyecto de Ley de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo. Dicho Anteproyecto aborda la simplificación y racionalización de las actuaciones administrativas, en materia territorial y urbanística, eliminando rigideces y exigencias innecesarias en relación con el procedimiento de aprobación de las Directrices de Ordenación, articulando un procedimiento diferente según su contenido sea general o sectorial, así como en el ámbito de las Calificaciones Territoriales y los Proyectos de Actuación Territorial, y regulando los efectos del silencio administrativo, más acorde con la mayor exigencia de eficacia de la Administración y protección de los derechos de los ciudadanos.

Igualmente, se ha iniciado el proceso de sustitución del actual Sistema Informático Contable de la Comunidad Autónoma de Canarias (PICCAC) por el nuevo SEFCAN (Sistema Económico Financiero de Canarias) como palanca tecnológica y funcional que permitirá la adaptación a la Ley de Acceso Electrónico a 1 de enero de 2010 y la modernización de la Comunidad Autónoma de Canarias.

No obstante lo anterior, ante la actual situación de grave crisis económica que está atravesando la economía canaria, es necesario que por parte del Gobierno de Canarias se adopten las medidas de choque que ofrezcan resultados a corto plazo para la simplificación y reducción de cargas en la tramitación administrativa y mejora de la regulación, sobre todo y con carácter de urgencia en aquellos sectores de la economía canaria que tienen una repercusión directa en los ciudadanos y las empresas.

Este conjunto de medidas de choque que ahora se aprueban se viene a sumar al compromiso adquirido al comienzo del presente año mediante la Estrategia de Dinamización frente a la desaceleración de la economía canaria y al Plan de Medidas Económicas acordado el 18 de marzo de 2008, donde se potencia la prestación de servicios públicos esenciales de carácter básico y social.

Visto informe de la Comisión de Secretarios Generales Técnicos del día 11 de septiembre de 2008.

El Gobierno, tras deliberar y a propuesta conjunta de los Consejeros de Presidencia, Justicia y Seguridad y de Economía y Hacienda, acuerda:

Primero.- Aprobar las Medidas de Choque para la Simplificación y Reducción de Cargas en la Tramitación Administrativa y Mejora de la Regulación, en los términos del anexo.

Segundo.- Facultar al titular de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad para dictar las disposiciones y medidas que resulten precisas para la ejecución del presente acuerdo.

Tercero.- El presente acuerdo será publicado en el Boletín Oficial de Canarias.

A N E X O

MEDIDAS DE CHOQUE PARA LA SIMPLIFICACIÓN Y REDUCCIÓN DE CARGAS EN LA TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA Y MEJORA DE LA REGULACIÓN.

1.- Objetivo general.

La finalidad de las presentes medidas de choque es eliminar las barreras burocráticas con las que se encuentran los ciudadanos a la hora de relacionarse con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y contribuir a la mejora de la dinamización de la economía canaria, mediante la supresión y reducción de las cargas administrativas con la consiguiente reducción de costes y tiempo y de este modo acercar la Administración al ciudadano, facilitándole el ejercicio de sus derechos con plenas garantías, así como la prestación de unos servicios eficientes y de calidad.

2.- Áreas prioritarias de actuación.

Se determinan como áreas prioritarias de actuación las de gobernación, bienestar social, vivienda, empleo, industria, agricultura y pequeña y mediana empresa, en los términos establecidos en los apartados siguientes.

3.- Procedimientos de Respuesta Inmediata.

Se impulsarán los Procedimientos de Respuesta Inmediata a través del Servicio de Información y Atención Ciudadana (SIAC), de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Decreto 44/2007, de 27 de febrero, por el que se regula el SIAC. Se entiende por Procedimiento de Respuesta Inmediata, aquellos procedimientos en los que la Administración decide a la vista de la solicitud del ciudadano, sin que sea preciso realizar otros trámites, ni obtener informe, o cualquier otro tipo de actos intermedios, salvo en su caso el pago de una tasa.

A tales efectos deberán implementarse en el plazo de dos meses los siguientes procedimientos:

Ver anexos - páginas 18659-18660

4.- Control financiero permanente.

4.1. El actual sistema de control que ejerce la Intervención General sobre los distintos centros gestores del gasto se realiza con carácter previo a su autorización, compromiso y pago. Ello supone, en algunas ocasiones, una excesiva ralentización en los trámites administrativos interdepartamentales, así como un obstáculo para una adecuada ejecución presupuestaria. Esta demora afecta negativamente al ciudadano en su relación con la Administración autonómica, especialmente, en el caso de ayudas o subvenciones y en los distintos procedimientos de licitación pública.

Por otro lado, la función fiscalizadora que hasta ahora ha ejercido la Intervención General, sólo ha permitido analizar el cumplimiento del principio de legalidad en los expedientes de gasto, sin valorar otros principios como el de economía, eficacia y eficiencia, que sólo sería posible analizar con un sistema de control posterior.

4.2. Durante el próximo ejercicio presupuestario se procederá a la paulatina sustitución del actual sistema de control basado en la tradicional función interventora, por el control financiero permanente. Este cambio, que será progresivo, se empezará a ejercer a partir del 1 de enero de 2009 en las siguientes áreas de gasto:

· Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

· Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda (sólo en el área de subvenciones).

· Servicio Canario de Empleo (sólo en subvenciones para fomento de empleo).

· Complejo Hospitalario Insular-Materno Infantil, sólo en aquellas áreas, unidades y/o partidas presupuestarias que se acuerden entre la Dirección del Servicio Canario de la Salud y la Intervención General.

· Consejería de Empleo, Industria y Comercio: Plan Renove de Electrodomésticos y Vehículos.

4.3. En el área de vivienda, los expedientes de las distintas modalidades de ayudas y subvenciones que se concedan con cargo a los créditos destinados a los Planes de Vivienda de Canarias, se someterán al régimen de fiscalización previsto en su normativa específica y, en particular, al Decreto 104/2000, de 12 de junio, por el que se establece el régimen de fiscalización de las ayudas y subvenciones que se concedan con cargo a los créditos destinados a los Planes de Vivienda de Canarias.

La Intervención General y el Instituto Canario de la Vivienda determinarán aquellos expedientes de las distintas modalidades de ayudas y subvenciones que se concedan con cargo a los créditos destinados a los Planes de Vivienda de Canarias, susceptibles de ser sometidos, con carácter progresivo, al control financiero permanente.

5.- Medidas urgentes.

La Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, a través de la Inspección General de Servicios, seleccionará al menos diez (10) procedimientos, sobre la base de la propuesta que, en un plazo máximo de siete (7) días, deberán realizar los distintos Departamentos, atendiendo a los criterios de mayor impacto económico, número de ciudadanos afectados, especial repercusión directa en la población o que redunden en un mayor beneficio económico y social. La simplificación de los procedimientos seleccionados se llevará a cabo en el plazo de cuatro meses desde la aprobación del presente acuerdo.

6.- Objetivos específicos para la simplificación y reducción de cargas administrativas.

Se promoverá la reducción del 25% en los plazos de tramitación existentes en la actualidad, de un 25% de los documentos exigidos en cada procedimiento y de la totalidad de los documentos que debe presentar el ciudadano y que obren en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, salvo que, excepcionalmente, esto no sea posible.

7.- Criterios y condiciones para abordar el proceso de simplificación y reducción de cargas en la tramitación administrativa y mejora de la regulación.

a) Reducción de los trámites administrativos y supresión de los que sean innecesarios.

b) Reducción en los plazos de tramitación de los expedientes.

c) Reducción de documentación requerida, entre otros:

- Autorización para obtener datos y certificaciones.

- Declaración de responsable.

d) Simplificación y normalización de formularios e impresos.

e) Sustitución de procedimientos externos por internos, es decir, impulso a las actuaciones de oficio.

f) Interconexión de bases de datos y colaboración con otras administraciones.

g) Potenciación de la tramitación vía telemática.

h) Eliminación de la fiscalización previa y sustitución por el sistema de control financiero permanente.

i) Utilización de la técnica de la delegación y desconcentración de funciones.

j) Creación de Registros.

k) Silencio positivo.

l) Eliminación de la duplicidad de controles, sin perjuicio del estricto cumplimiento de la legalidad en la fiscalización y control del gasto público.

m) Unificación de informes, con eliminación o sustitución por visados.

n) Adaptación normativa y mejora de la regulación.

8.- Principios.

Los principios informadores de las medidas de choque para la mejora de la simplificación y reducción de cargas en la tramitación administrativa y mejora de la regulación serán los siguientes:

a) Eficacia y eficiencia.

b) Agilidad y transparencia.

c) Presunción de veracidad de la declaración de responsable.

d) Economía procedimental.

9.- Comisión de Participación para la Simplificación y Reducción de Cargas en la Tramitación Administrativa y Mejora de la Regulación.

Deberá crearse, en el plazo máximo de un mes desde la aprobación del presente acuerdo, una Comisión de Participación para la Simplificación y Reducción de Cargas en la Tramitación Administrativa y Mejora de la Regulación, al objeto de tener un conocimiento concreto de las necesidades y problemática de los agentes implicados en las áreas prioritarias de actuación, así como la identificación de prioridades que impulsen soluciones específicas y de mayor beneficio económico y social.

La Comisión estará integrada por los representantes de la administración, sindicatos más representativos, entidades y asociaciones empresariales, así como representantes de las distintas Organizaciones No Gubernamentales y asociaciones afectadas.

10.- Recomendaciones a otras Administraciones Públicas.

La Comisión de Participación para la Simplificación y Reducción de Cargas en la Tramitación Administrativa y Mejora de la Regulación podrá elevar recomendaciones a otras Administraciones Públicas cuando el proceso de simplificación aconseje modificar legislación local o estatal.

11.- Formación específica.

El Gobierno de Canarias, a través del Instituto Canario de Administración Pública (ICAP), pondrá en marcha un programa de formación específica para el personal al servicio de la Administración Pública canaria, relativo a la simplificación administrativa de documentos, así como al control financiero permanente. Dichos cursos se empezarán a impartir antes de finalizar el presente año.

12.- Responsables del proceso de simplificación.

12.1. Serán responsables del proceso de simplificación todas las Consejerías y organismos dependientes, a través de los titulares de los Departamentos afectados. La Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, como responsable del proceso de modernización, llevará a cabo, bajo la dirección y coordinación de la Viceconsejería de Administración Pública a través de la Inspección General de Servicios, el impulso, la coordinación, seguimiento y evaluación global del cumplimiento del presente acuerdo.

12.2. Todas las actuaciones para llevar a cabo el cumplimiento de las presentes medidas se canalizarán a través de los Responsables de Modernización ya designados para la ejecución de las Acciones para la Modernización en cada Consejería, estando obligados los Jefes de Servicio de cada Departamento a prestar la colaboración que se le requiera para el cumplimiento de las mismas.

13.- Adaptación Normativa.

13.1. Se elaborará, para su aprobación por el Gobierno, el Proyecto de Decreto por el que se regula la simplificación y reducción de cargas en la tramitación administrativa y mejora de la regulación y que incluya las modificaciones normativas derivadas de la ejecución del presente acuerdo.

13.2. Se modificará, antes del 31 de diciembre del presente año, el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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