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BOC Nº 185. Martes 16 de Septiembre de 2008 - 3604

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

3604 - Viceconsejería de Ordenación Territorial.- Anuncio de 1 de septiembre de 2008, por el que se hace pública la Resolución relativa a la solicitud de ampliación del plazo de tramitación de la revisión del Plan General de Ordenación de Arona (Tenerife).- Expte. 2006/0262.

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Resolución del Viceconsejero de Ordenación Territorial, relativa a la solicitud de ampliación del plazo de tramitación de la revisión del Plan General de Ordenación de Arona, isla de Tenerife (expediente 2006/0262).

Visto el expediente administrativo nº 2006/0262, relativo a la Revisión del Plan General de Ordenación de Arona, isla de Tenerife, y vista la solicitud de fecha 19 de junio de 2008, de ampliación de prórroga del plazo para su tramitación, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

1.- En fecha 19 de junio de 2008, con registro de entrada 844927 MAOT 14433, el Ilustre Ayuntamiento de Arona solicita a esta Consejería la concesión de prórroga, por un plazo de dos años, para tramitar la revisión del Plan General de Ordenación de Arona.

2.- En fecha 12 de mayo de 2008, la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (en adelante, C.O.T.M.A.C.) adopta, entre otros, Acuerdo en virtud del cual se considera jurídicamente viable la ampliación del plazo de tramitación de los Planes Generales de Ordenación sobre los que no haya recaído el acuerdo de aprobación definitiva en el plazo señalado en el artículo 2 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 8 del mismo texto normativo, siempre y cuando esté todavía vigente el plazo inicial de referencia.

3.- El citado Acuerdo del día 12 de mayo de 2008 de la C.O.T.M.A.C. delega en el Viceconsejero de Ordenación Territorial la resolución de la solicitud de ampliación del plazo, pudiendo acordarse la misma por una sola vez, en un máximo del total de su duración, es decir, por un plazo de dos años para los Planes Generales de Ordenación. Deberá darse cuenta de la resolución a la C.O.T.M.A.C. en la siguiente sesión que se celebre.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- El Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de fecha 12 de mayo de 2008 considera viable jurídicamente la ampliación de los plazos de tramitación de los Planes Generales de Ordenación siempre que se cumplan, entre otros, el requisito de que no haya recaído el acuerdo de aprobación definitiva en el plazo señalado en el artículo 2 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo.

El citado artículo 2 determina en su apartado 3º que en los procedimientos de carácter bifásico, en los que la Administración que tramite y la que apruebe definitivamente sean distintas, los plazos de caducidad establecidos obligarán a la Administración competente para formular y tramitar, la cual, en dicho plazo, debe presentar el documento completo y debidamente diligenciado ante la competente para aprobar definitivamente. En consecuencia, para el caso de los Planes Generales el plazo de caducidad opera hasta la presentación del documento aprobado provisionalmente para su aprobación definitiva.

Dicho artículo 2 es preciso ponerlo en relación con la Disposición Transitoria Tercera del Reglamento de Procedimientos, que es el precepto que aplica los plazos de caducidad establecidos a los procedimientos iniciados con anterioridad contados a partir de la entrada en vigor del Reglamento. Teniendo en cuenta que la remisión del instrumento de planeamiento tiene lugar en fecha 14 de junio de 2006, completándose formalmente en fecha 26 de junio de 2006, no es posible aplicar los plazos de caducidad a la tramitación de este instrumento de ordenación.

Segundo.- La presente Resolución del Viceconsejero de Ordenación Territorial se dicta por delegación expresa establecida por Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. adoptado en la sesión celebrada el día 12 de mayo de 2008 en su sede de Santa Cruz de Tenerife, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En su virtud,

R E S U E L V O:

No procede resolver la ampliación del plazo de tramitación de la revisión del Plan General de Ordenación de Arona por cuanto no le resultan de aplicación los plazos de caducidad del artículo 2 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, en la medida en que los mismos sólo se computan hasta la presentación del documento completo y debidamente diligenciado ante la competente para aprobar definitivamente, lo cual tuvo lugar en fecha 26 de junio de 2006.

Dar cuenta de la presente Resolución a la C.O.T.M.A.C. en la siguiente sesión que se celebre.

Notifíquese esta Resolución al Ilustre Ayuntamiento de Arona.

Asimismo, publíquese esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa por ser un acto de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponerse el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que concurre alguno de los supuestos excepcionales previstos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 1 de septiembre de 2008.- El Viceconsejero de Ordenación Territorial, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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