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Encontrándose en ignorado domicilio las personas que pudieran considerarse interesadas en relación a la adjudicación de la vivienda de protección oficial de promoción pública que a continuación se cita, y de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92),
R E S U E L V O:
Declarar resuelta y dejar sin efecto la adjudicación de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo de Viviendas San Cristóbal II, calle Málaga, 6, bloque 26, piso 2º, letra B, LP-815/649, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, por fallecimiento de su adjudicatario D. José Carlos Morán Delgado y en consecuencia la disponibilidad de dicha vivienda.
Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación, recurso de alzada ante la Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda, Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, de conformidad con lo previsto en el artº. 29.2 del Decreto 2/2004, de 27 de enero, por el que se aprueban las Normas Provisionales de Organización y Funcionamiento del Instituto Canario de la Vivienda y en los artículos 114.1 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, según la nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de junio de 2008.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.
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