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BOC Nº 141. Martes 15 de Julio de 2008 - 1113

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

1113 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 20 de junio de 2008, del Director, por la que se dictan las instrucciones para la presentación de la documentación de certificación y justificación de costes, respecto de las subvenciones de Contratos Programa a la formación de trabajadores, en materia de Formación Profesional Continua, en ejecución de la convocatoria de 6 de agosto de 2007, del Presidente, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

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Vista la iniciativa de la Subdirección de Formación estando próxima la finalización del plazo para la realización y ejecución de las acciones formativas de los Planes de Formación, para el desarrollo de Contratos Programa a la formación de trabajadores 2007, en materia de formación profesional continua, siendo necesario que las entidades beneficiarias de las subvenciones presenten la documentación justificativa de los costes relativos a la ejecución de los planes formativos, resulta procedente aprobar las Instrucciones para la presentación de la documentación de certificación y justificación de costes así como los impresos de justificación de costes y certificación.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Resolución de 6 de agosto de 2007, del Presidente del Servicio Canario de Empleo, se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2007 y se establece el procedimiento general para la concesión de subvenciones mediante contratos programa para la formación de trabajadores, en materia de formación profesional continua, cofinanciado por el Fondo Social Europeo (B.O.C. nº 172, de 28.8.07).

Segundo.- La concesión de las precitadas subvenciones se dispone por Resolución de 28 de diciembre de 2007, del Director del Servicio Canario de Empleo, por la que se conceden subvenciones públicas para el desarrollo de planes de formación para la formación de trabajadores en materia de formación profesional continua en ejecución de contratos programa, cofinanciado por el Fondo Social Europeo (B.O.C. nº 27, de 6.2.08).

Tercero.- Se establece en el resuelvo octavo de la Resolución de 28 de diciembre de 2007, del Director, que "las acciones formativas incluidas en el Plan de formación presentado por las entidades solicitantes se podrán ejecutar en el período comprendido entre el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes y el día 31 de octubre de 2008, conforme a lo dispuesto en la base decimoctava de la Resolución de 6 de agosto de 2007, del Presidente".

Asimismo, el resuelvo noveno de la precitada Resolución de 28 de diciembre de 2007, del Director, establece que la justificación de la subvención concedida y la consecuente liquidación económica de la misma se realizará en el plazo de dos meses siguientes a la finalización del plan de formación aprobado, utilizando para ello, los modelos normalizados que se publicarán a tal efecto en el Boletín Oficial de Canarias.

Cuarto.- A la documentación justificativa y liquidación de costes de los planes de formación, acompañados por las facturas originales o fotocopias de las mismas debidamente compulsadas, previo estampillado del original, le serán de aplicación los criterios establecidos en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como lo dispuesto en los apartados vigesimosegundo y vigesimotercero de la Orden TAS 2783/2004, de 30 de julio, y la Resolución de 6 de agosto de 2007, del Presidente del SCE, y se realizarán conforme a los impresos que figuran en el anexo a la presente Resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (B.O.C. n º 80, de 28 de abril), establece en su artº. 3 que corresponde a este organismo las funciones de ejecución de las políticas de empleo y formación profesional ocupacional y continua asumidas por la Comunidad Autónoma de Canarias, en concreto la elaboración de las propuestas para la determinación de la política de formación profesional ocupacional y continua del Gobierno de Canarias, así como la ejecución, evaluación y seguimiento de los planes derivados de las políticas citadas, la gestión y el control de las subvenciones y ayudas públicas de las citadas políticas.

Segundo.- El órgano competente para proponer las medidas que se estimen necesarias para la gestión de las subvenciones del Servicio Canario de Empleo es el Director, según se establece en el artº. 9 de la mencionada Ley 12/2003, de 4 de abril, y en el resuelvo quinto de la Resolución de 6 de agosto de 2007, del Presidente, por el que se faculta al Servicio Canario de Empleo para dictar las instrucciones y adoptar cuantas medidas sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en aquélla.

Tercero.- En la tramitación de este procedimiento, han sido observadas las disposiciones de la Orden TAS 2783/2004, de 30 de julio (B.O.E. nº 197, de 16 de agosto), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, mediante contratos programa para la formación de trabajadores, en desarrollo del Real Decreto 1.046/2003, de 1 de agosto, por el que se regula el subsistema de formación profesional continua (B.O.E. nº 219, de 12 de septiembre), así como las normas contenidas en la Resolución de 6 de agosto de 2007, del Presidente, y en la Resolución de 28 de diciembre de 2007, del Director del SCE, mencionadas.

Vistas las disposiciones citadas y demás de preceptiva aplicación y en uso de las competencias que tengo legalmente establecidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar las "Instrucciones para la presentación de la documentación de justificación de subvenciones" de Contratos Programa 2007, en materia de formación profesional continua, que se publicarán en la Web del SCE, en la siguiente dirección https://www.gobiernodecanarias.org/empleo.

Segundo.- Aprobar los impresos de certificación y justificación a utilizar por las entidades beneficiarias de las subvenciones públicas concedidas por Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo de 28 de diciembre de 2007, para el desarrollo de Planes de Formación en materia de Formación Profesional Continua en ejecución de los Contratos Programas para el período 2007, convocadas por Resolución del Presidente de 6 de agosto de 2007, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, que figuran en el anexo I "Impresos de certificación y justificación de costes" a la presente Resolución, que se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias y que estarán disponibles en la página Web del Servicio Canario de Empleo, en la siguiente dirección: https://www.gobiernodecanarias.org/empleo.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado a partir de su notificación o publicación en el Boletín Oficial de Canarias, según lo establecido en el artº. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de junio de 2008.- El Director, Alberto Génova Galván.

Ver anexos - páginas 13458-13470

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