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BOC Nº 141. Martes 15 de Julio de 2008 - 1112

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

1112 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 30 de junio de 2008, del Presidente, por la que se modifica la Resolución de 1 de octubre de 2007, que aprueba la convocatoria y establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos de acciones de asesoramiento y proyectos de orientación y de inserción de los trabajadores canarios en el marco del actual sistema de las cualificaciones profesionales para 2007, cofinanciados por el Fondo Social Europeo (Proyectos Asorin 2007) (B.O.C. nº 205, de 15.10.07).

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Examinada la iniciativa de la Subdirección de Formación de modificación de la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de proyectos de acciones de asesoramiento y proyectos de orientación y de inserción de los trabajadores canarios en el marco del actual sistema de las cualificaciones profesionales para 2007, cofinanciados por el Fondo Social Europeo, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 205, de 15 de octubre, y teniendo en cuenta

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Resolución de 1 de octubre de 2007, del Presidente del Servicio Canario de Empleo, se aprueba la convocatoria y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos de asesoramiento y proyectos de acciones de orientación y de inserción de los trabajadores canarios en el marco del actual sistema de las cualificaciones profesionales para 2007, cofinanciados por el Fondo Social Europeo (Proyectos Asorin 2007).

Segundo.- Con fecha 19 de marzo de 2008, se publica en el Boletín Oficial de Canarias la Resolución de 14 de marzo de 2008, del Director, dictada por delegación, por la que se modifica la Resolución de 1 de octubre de 2007, del Presidente, en la que se resuelve modificar el plazo de realización de los Proyectos de Acciones de Asesoramiento y Proyectos de Acciones de Orientación e Inserción, apartado segundo de la base segunda del anexo I y apartado segundo de la base segunda del anexo II, de la Resolución de 1 de octubre de 2007, del Presidente, respectivamente, en los siguientes términos:

"... Anexo I bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas a proyectos de acciones de asesoramiento 2007

Segunda ...

2. El plazo de realización de los proyectos de Acciones de Asesoramiento será el comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 30 de junio de 2008."

" ... Anexo II bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas a proyectos de acciones de orientación e inserción 2007

Segunda ...

2. El plazo de realización de los Proyectos de Acciones de Orientación e Inserción será el comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 30 de junio de 2008" ..."

Tercero.- El procedimiento iniciado por Resolución de 1 de octubre de 2007, del Presidente, concluye con la Resolución de 30 de abril de 2008, del Director, por la que se conceden subvenciones públicas para el desarrollo de Proyectos de Acciones de Asesoramiento y Proyectos de Acciones de Orientación e Inserción de los trabajadores canarios en el marco del actual sistema de cualificaciones profesionales para 2007, cofinanciados por el Fondo Social Europeo (Proyectos Asorin 2007).

Cuarto.- Como consecuencia del retraso en la resolución de este procedimiento, y vistas las solicitudes presentadas por las entidades beneficiarias de estas subvenciones de ampliar el plazo de ejecución de los Proyectos de Acciones de Asesoramiento y los Proyectos de Acciones de Orientación e Inserción, la necesidad de ejecutar las acciones en su totalidad, considerando que la ampliación del plazo para el desarrollo de las mismas no causa perjuicio a terceros y, por el contrario, abunda en beneficio de los trabajadores canarios, del mercado productivo y en una mejor ejecución de los fondos públicos, es por lo que se estima la conveniencia de ampliar el plazo de ejecución de los Proyectos Asorin 2007.

Son de aplicación a los citados hechos los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El órgano competente para dictar la presente Resolución es el Presidente del Servicio Canario de Empleo, en virtud del artículo 7 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (B.O.C. nº 80, de 28 de abril).

Segundo.- El artículo 2 de la precitada Ley del Servicio Canario de Empleo establece que este Organismo tiene como finalidad fomentar, mejorar y promover el empleo en la Comunidad Autónoma de Canarias, luchar contra el desempleo y cubrir las necesidades de formación de los trabajadores desempleados y ocupados, atendiendo con carácter prioritario a aquellos colectivos que presenten mayores dificultades de inserción laboral.

Tercero.- En la tramitación de este procedimiento han sido observadas las disposiciones de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99).

Cuarto.- En lo no previsto en la presente Resolución será de aplicación la Resolución del Presidente de 1 de octubre de 2007, por la que se aprueba la convocatoria y se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones para el desarrollo de proyectos de acciones de asesoramiento y proyectos de acciones de orientación e inserción, de los trabajadores canarios en el marco del actual sistema de las cualificaciones profesionales para 2007, cofinanciados por el Fondo Social Europeo, modificada por Resolución de 14 de marzo de 2008, del Director, dictada por delegación, así como la Resolución de 30 de abril de 2008, del Director, por la que se conceden subvenciones para la ejecución de los Proyectos Asorin 2007, citada anteriormente.

Vistas las disposiciones mencionadas y demás de preceptiva aplicación, visto el informe favorable de la Intervención General de fecha 27 de junio de 2008 y en uso de las competencias que tengo legal y reglamentaria establecidas,

R E S U E L V O:

Primero. Modificar el apartado segundo de la base segunda del anexo I Bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas a Proyectos de Acciones de Asesoramiento 2007, de la Resolución de 1 de octubre de 2007, del Presidente, quedando redactado en los siguientes términos:

"... Segundo ...

2. El plazo de realización de los Proyectos de Acciones de Asesoramiento será el comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 30 de septiembre de 2008, inclusive."

Segundo.- Modificar el apartado segundo de la base segunda del anexo II Bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas a Proyectos de Acciones de Orientación e Inserción 2007, de la Resolución de 1 de octubre de 2007, del Presidente, quedando redactado en los siguientes términos:

"... Segundo ...

2. El plazo de realización de los Proyectos de Acciones de Orientación y de Inserción será el comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 30 de septiembre de 2008, inclusive."

Tercero.- Como consecuencia de lo anterior, dejar sin efecto el apartado primero del resuelvo segundo y el apartado primero del resuelvo tercero de la Resolución de 14 de marzo de 2008, del Director, dictada por delegación, por la que se modifica la Resolución de 1 de octubre de 2007, del Presidente, que aprueba la convocatoria y establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de los proyectos de acciones de asesoramiento y proyectos de acciones de orientación e inserción.

Cuarto.- El plazo de justificación será de dos meses, contados a partir del día siguiente a la finalización de la ejecución de los proyectos de acciones de asesoramiento, y proyectos de acciones de orientación e inserción, respectivamente, de acuerdo con lo dispuesto en la presente Resolución, así como, en la Resolución de 1 de octubre de 2007, del Presidente, precitada.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BoletínOficial de Canarias, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, que por turno corresponda, si bien, podrá interponerse, a elección del recurrente, recurso potestativo de reposición ante el Presidente del SCE en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99).

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de junio de 2008.- El Presidente, Jorge Marín Rodríguez Díaz.

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