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BOC Nº 140. Lunes 14 de Julio de 2008 - 1103

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

1103 - DECRETO 151/2008, de 1 de julio, por el que se autoriza la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de "Graduado/Graduada en Periodismo por la Universidad de La Laguna".

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El proceso de construcción del Espacio Europeo de Educación Superior, iniciado con la Declaración de Bolonia de 1999, incluye entre sus objetivos la adopción de un sistema flexible de titulaciones, comprensible y comparable, que promueva oportunidades de trabajo para los estudiantes y una mayor competitividad internacional del sistema de educación superior europeo.

Fruto de tal esencial transformación, el Real Decreto 1.393/2007, de 29 de octubre, desarrolla la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales, regulando los estudios universitarios de acuerdo con las líneas generales emanadas del Espacio Europeo de Educación Superior y de conformidad con lo previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional se estructuran en tres ciclos, denominados respectivamente Grado, Máster y Doctorado.

Las enseñanzas de Grado tienen como finalidad la obtención por parte del estudiante de una formación general, en una o varias disciplinas, orientada a la preparación para el ejercicio de actividades de carácter profesional.

El apartado 2 del artículo 8 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, establece que la implantación y supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35, serán acordadas por la Comunidad Autónoma, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, bien por iniciativa de la universidad mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, corresponde al Gobierno de Canarias la autorización de la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

El Consejo de Gobierno de la Universidad de La Laguna, en su sesión celebrada el día 11 de junio de 2008, adoptó el acuerdo de proponer al Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias, la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Graduado en Periodismo por la Universidad de La Laguna.

Asimismo, el Pleno del Consejo Social de la citada Universidad, en sesión celebrada el 16 de junio de 2008, informó favorablemente la propuesta de implantación de las citadas enseñanzas.

El Consejo Universitario de Canarias, en sesión celebrada el día 25 de junio de 2008, informó favorablemente la propuesta de la Universidad de La Laguna, para la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de "Graduado/Graduada en Periodismo por la Universidad de La Laguna", en el curso 2008/2009.

La implantación de las citadas enseñanzas no supone coste para la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Con la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención del Título oficial denominado Graduado/Graduada en Periodismo, se pretende que un titulado en periodismo sea un profesional cultural, humanística y técnicamente preparado para ejercer su función de intérprete de la realidad social a la hora de concebir, articular, producir, analizar y dirigir todo tipo de medios, programas y productos en cualquier soporte técnico, medio, sistema o ámbito de la actividad informativa.

En su virtud, previo informe favorable del Consejo Universitario de Canarias y de conformidad con las competencias que la Comunidad Autónoma de Canarias tiene atribuidas en materia de enseñanza superior por el Estatuto de Autonomía de Canarias, por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, por la Ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 1 de julio de 2008,

R E S U E L V O:

Autorizar, a partir del curso 2008/2009, la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de "Graduado/Graduada en Periodismo por la Universidad de La Laguna".

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en La Oliva, a 1 de julio de 2008.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Paulino Rivero Baute.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,

Milagros Luis Brito.

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