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D. Lorenzo Rosa Lería, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona y su Partido.
HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Arona, a veintiséis de marzo de dos mil ocho.
Vistos por mí, D. Lorenzo Rosa Lería, Magistrado-Juez titular del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 3 de Arona y su partido, los presentes autos de juicio verbal de desahucio y reclamación de rentas con el nº 111 de 2007, a instancias del Procurador, D. Buenaventura Alfonso González, en nombre y representación de Dña. Veneranda Romero Trejo, en su nombre y en el de su difunto marido, D. Carmelo Díaz García, que tras su fallecimiento ha sido sustituida procesalmente por su hijo, D. Francisco Javier Díaz Romero, defendido por el Letrado, D. José Hernández Monzón Álamo, contra Dña. María Paonessa que fue declarada en rebeldía procesal por no comparecer al acto del juicio en legal forma.
FALLO
Estimar totalmente la demanda interpuesta por el Procurador, D. Buenaventura Alfonso González, en nombre y representación de Dña. Veneranda Romero Trejo, en su nombre y en el de su difunto marido, D. Carmelo Díaz García, que tras su fallecimiento ha sido sustituida procesalmente por su hijo, D. Francisco Javier Díaz Romero defendido por el Letrado, D. José Hernández Monzón Álamo, contra Dña. María Paonessa que fue declarada en rebeldía procesal por no comparecer al acto del juicio en legal forma y:
1. Se declara resuelto el contrato de arrendamiento del inmueble por falta de pago de la cantidad de veinticinco mil doscientos (25.200) euros sito en "Jardines del Duque", vivienda 41, en Playa de las Américas, término municipal de Adeje suscrito entre la demandante y el demandado.
2. Se declara el desahucio de la demandada del citado inmueble y se le obliga a la devolución inmediata, libre y expedita a la demandante, en el caso de no efectuarlo voluntariamente se procederá a su lanzamiento.
3. Se condena a la demandada al pago de la cantidad de veinticinco mil doscientos (25.200) euros, más los intereses moratorios desde la fecha de presentación de la demanda y los legales.
4. Se imponen las costas del procedimiento a la parte demandada.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Contra esta resolución se podrá interponer por las partes recurso de apelación en el plazo de cinco días de su notificación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Tenerife.
Llévese el original al Libro de Sentencias y expídase testimonio para su unión a los autos.
Así lo acuerda, manda y firma, D. Lorenzo Rosa Lería, Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 3 de Arona.
PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 3 de esta Ciudad, estando celebrando audiencia pública en el día de la fecha. Doy fe.
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