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BOC Nº 138. Jueves 10 de Julio de 2008 - 2711

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

2711 - Dirección General de Bienestar Social.- Anuncio de 26 de junio de 2008, relativo a notificación a Dña. Mercedes Domínguez Domínguez, por encontrarse en ignorado paradero, del Acuerdo de 30 de junio de 2006, de cese cautelar de la prestación económica e individualizada con cargo al Fondo de Asistencia Social.

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Habiendo sido efectuada mediante carta certificada con acuse de recibo, la notificación del citado Acuerdo de 30 de junio de 2006 a Dña. Mercedes Domínguez Domínguez en el domicilio que figura en el expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no teniendo constancia de su recepción y siendo precisa su notificación a los efectos de que alegue la interesada lo que a su derecho convenga, es por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 4 del mismo artículo, se le hace saber el siguiente acuerdo:

Asunto: notificación de suspensión por cobrar pensión de viudedad.

Habiendo tenido conocimiento que las circunstancias socio-económicas que dieron origen a la Ayuda del Fondo de Asistencia Social por enfermedad que viene percibiendo Dña. Mercedes Domínguez Domínguez, con D.N.I. 78344552C, han sufrido variación, y dado que dicha alteración en las citadas circunstancias es causa de cese del cobro de la referida ayuda, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo décimo del Real Decreto 2.620/1981, de 24 de julio, por el que se regula la concesión de ayudas del Fondo de Asistencia Social a ancianos y a enfermos o inválidos incapacitados para el trabajo, esta Dirección General, en virtud de las atribuciones que le confiere la normativa vigente,

ACUERDA:

La suspensión con efectos de julio de 2006 de la Ayuda del Fondo de Asistencia Social que viene percibiendo Dña. Mercedes Domínguez Domínguez, conforme a lo establecido en el artículo 10.4 del Real Decreto 2.620/1981, de 24 de julio. En caso que de la revisión del expediente, se desprendiera que se ha producido cobro indebido, se le comunicará oportunamente a la interesada la forma e importe del reintegro.

De no estar conforme, Dña. Mercedes Domínguez Domínguez tiene un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, para examinar el expediente y presentar las alegaciones y pruebas que estime pertinentes, ante la Dirección General de Bienestar Social. Lo que comunico para su conocimiento y efectos oportunos.- Santa Cruz de Tenerife, a 30 de junio de 2006.- La Directora General de Servicios Sociales, p.d., la Jefe del Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración (Resolución de 7.11.03; B.O.C. nº 228) (Decreto 172/2007), María Teresa Polo Noreña.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de junio de 2008.- La Directora General de Bienestar Social, p.d., la Jefe del Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración (Resolución de 7.11.03; B.O.C. nº 228), María Teresa Polo Noreña.

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