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JUZGADO DE: 1ª Instancia e Instrucción nº 8 (Antiguo mixto nº 9) de Arona.
JUICIO: ordinario 0000084/2006.
PARTE DEMANDANTE: Inverser Abona, S.L.
PARTE DEMANDADA: Pegalca, S.L.
SOBRE: reclamación de cantidad.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
En Arona, a dieciocho de diciembre de dos mil siete.
Vistos por Dña. Carmen Cano Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 8 de Arona y su Partido Judicial, los presentes autos de juicio ordinario seguidos ante este Juzgado a instancia de la entidad mercantil Inverser Abona, S.L., representada por el Procurador D. Buenaventura Alfonso González y asistido por el Letrado D. José Hernández Monzón Álamo contra la entidad mercantil Pegalca, S.L., declarada en situación de rebeldía procesal.
FALLO
Que estimo íntegramente la demanda presentada por la representación de la entidad mercantil Inverser Abona, S.L., contra Pegalca, S.L. Declaro la resolución del contrato celebrado entre las partes el día 12 de enero de 2005 y condeno a la demandada al pago a la actora de dieciséis mil ochocientos veintiocho euros con treinta céntimos (16.828,30 euros) por los materiales alquilados y no devueltos, el pago de los intereses devengados desde la interposición de la demanda y el pago de las costas procesales.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá preparar ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes al que se notifique esta resolución y que, una vez tramitado, será conocido por la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.
Llévese el original al libro de sentencias.
Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 8 de abril de 2008 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma para llevar a efecto la diligencia de notificación.
En Arona, a 9 de abril de 2008.- El/la Secretario Judicial.
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