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BOC Nº 136. Martes 8 de Julio de 2008 - 2681

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Las Palmas de Gran Canaria

2681 - EDICTO de 5 de mayo de 2008, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0001121/2006.

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D. Jesús Ángel Suárez Ramos, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

En Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de enero de 2008.

Visto por D. Jesús Ángel Suárez Ramos, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Las Palmas, el juicio ordinario 1121/06, seguido por D. Antonio Ramón Betancor León y Dña. Soraya Hernández Nobrega, representados por la procuradora Dña. Carmen Viera Cabrera y defendidos por el letrado D. Pedro Torres Romero contra Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. representado por el procurador D. Francisco Ojeda Rodríguez y defendido por el letrado D. César García Bravo y contra D. José Ramón Sánchez Henríquez y D. Ángel Sánchez Suárez, en rebeldía, sobre nulidad contractual.

FALLO: I. Que estimando la demanda interpuesta por D. Antonio Ramón Betancor León y Dña. Soraya Hernández Nobrega contra Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. y D. José Ramón Sánchez Henríquez y D. Ángel Sánchez Suárez:

a) Declaro resuelto el contrato de compraventa de fecha 16 de junio de 2005, suscrito entre el actor y los codemandados José Ramón Sánchez Henríquez, con D.N.I. nº 54.065.485-Y, D. Ángel Sánchez Suárez, con D.N.I. nº 42.647.255-B (Autos Sánchez).

b) Declaro resuelto el contrato de arrendamiento financiero suscrito por la entidad BBVA, S.A. y los demandantes.

c) Condeno a Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. a abonar a los actores, en sentencia o en ejecución de sentencia, la totalidad del precio o renta por ellos abonados (412,55 euros mensuales x 14 meses = 5.775,70 euros a fecha de esta demanda) e indemnizarle con la cantidad resultante de aplicar el interés legal sobre las cantidades entregadas como precio o renta, a razón de 412,55 euros mensuales, desde julio de 2005, desde que fueron abonadas por la parte actora, y hasta el momento de su devolución, más la cantidad correspondiente en concepto de intereses legales y procesales en los términos previstos por los artículos 1.108 del Código Civil y 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, de las sumas entregadas por el actor.

II. Condeno a Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. al pago de las costas de las acciones deducidas contra él.

III. Que apreciando la excepción de litispendencia, declaro el sobreseimiento del juicio respecto de la acción formulada por los actores en el apartado tercero del suplico de su demanda contra D. José Ramón Sánchez Henríquez y D. Ángel Sánchez Suárez.

Esta sentencia no es firme, y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, que se preparará en este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación, y se sustanciará con arreglo a lo previsto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN. Leída y publicada, fue la anterior Sentencia, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a D. José R. Sánchez Henríquez y D. Ángel Sánchez Suárez, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de mayo de 2008.- El Magistrado-Juez.- El Secretario.

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