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BOC Nº 136. Martes 8 de Julio de 2008 - 1080

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Turismo

1080 - Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Resolución de 26 de junio de 2008, por la que se requiere la subsanación de las solicitudes de subvenciones destinadas a la implantación y renovación de sistemas de calidad y gestión medioambiental en establecimientos turísticos, cuyos expedientes han sido examinados a 23 de junio de 2008.

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Por Orden de 15 de abril de 2008, de la Consejería de Turismo, se convocó procedimiento de concesión, para el año 2008, de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la implantación y renovación de sistemas de calidad y gestión medioambiental en establecimientos turísticos.

En la base octava de dicha Orden, se establece tal y como estipula el artº. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que examinada la documentación, de no reunir las solicitudes los requisitos exigidos o no aportarse la documentación preceptiva, se requerirá a los interesados para que, en un plazo de diez (10) días, subsanen y/o completen los documentos y/o datos indicados en la base séptima, llevándose a cabo la notificación a través del Boletín Oficial de Canarias.

Estando este Centro Directivo pendiente de recibir las solicitudes presentadas en otras Administraciones Públicas, cumpliendo con la exigencia legal de dotar al presente procedimiento de mayor celeridad y eficiencia, se ha decidido proceder a un primer requerimiento según lo antedicho, de aquellos expedientes revisados a fecha 23 de junio de 2008.

En su virtud, esta Dirección General, vista la propuesta emitida por la Jefa del Servicio de Ordenación Turística de fecha 25 de junio de 2008, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

R E S U E L V E:

Primero.- Requerir a los interesados relacionados en el anexo I, para que en el plazo de diez (10) días subsanen, y/o completen los documentos y/o datos que se detallan en el citado anexo, si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo.- Se proceda a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de junio de 2008.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, Sandra González Franquis.

Ver anexos - páginas 13114-13123

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