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BOC Nº 136. Martes 8 de Julio de 2008 - 1075

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

1075 - Dirección General de Seguridad y Emergencias.- Resolución de 30 de junio de 2008, por la que se requiere a los interesados en el procedimiento de concesión de subvenciones genéricas destinadas a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias para la potenciación y homogeneización de las Policías Locales de Canarias, convocadas mediante Orden de 27 de mayo de 2008, cuyas solicitudes no reúnen los requisitos exigidos, o, en su caso, no acompañan la documentación preceptiva.

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Mediante Orden de 27 de mayo de 2008, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad (B.O.C. nº 107, de 29.5.08), se aprobaron las bases reguladoras y se convocaron para el ejercicio de 2008 subvenciones genéricas destinadas a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias para la potenciación y homogeneización de las Policías Locales de Canarias.

El apartado 7 de la base 9 de la referida convocatoria establece que el órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones será la Dirección General de Seguridad y Emergencias, la cual, recibidas las correspondientes solicitudes, verificará si reúnen los requisitos exigidos y si se acompaña a las mismas la documentación preceptiva, requiriéndose en caso contrario al interesado, mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

En cumplimiento de lo prevenido en el mencionado apartado 7 de la base 9 de la convocatoria, se requiere a los interesados relacionados en el anexo II que se acompaña, para que en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, subsanen las faltas o acompañen los documentos que deben presentarse, advirtiéndoles de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

En base al resuelvo primero de la citada Orden de referencia y a la base 3.Requisitos, apartado a), se declara inadmitida la solicitud de la Mancomunidad del Sur de Lanzarote Yaiza-Tías.

A tal efecto se establecen en el anexo I del presente anuncio el listado de códigos correspondientes a las faltas advertidas en las solicitudes presentadas, así como los relativos a los documentos preceptivos no acompañados, a efectos de que los interesados procedan a su subsanación o, en su caso, aportación en el referido plazo de diez días.

Asimismo, en el anexo II, se relacionan los Ayuntamientos solicitantes de la subvención, con expresión de las faltas observadas según el listado de códigos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de junio de 2008.- La Directora General de Seguridad y Emergencias, Carmen Delia González Martín.

Ver anexos - páginas 13086-13089

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