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BOC Nº 134. Sábado 5 de Julio de 2008 - 1061

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía y Hacienda

1061 - Dirección General de Tributos.- Resolución de 10 de junio de 2008, relativa a concesión de autorización a la entidad Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja, para la prestación del servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la hacienda pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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La Orden de 24 de mayo de 1999, sobre colaboración de las entidades de depósito en la gestión recaudatoria, modificada por Orden de 6 de julio de 1999 y Orden de 13 de julio de 1999, regula el procedimiento de recaudación a través de las entidades colaboradoras.

Considerando la solicitud de autorización presentada por la entidad Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja, con C.I.F. B-46002804, así como que la misma ha aportado la documentación a la que hace mención el artículo 1 de la citada Orden de 24 de mayo de 1999.

En base al Decreto 12/2004, de 10 de febrero, modificado por Decreto 216/2005, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda, en especial la Disposición Adicional Tercera,

R E S U E L V O:

Primero: conceder la autorización a la entidad de depósito Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja, con C.I.F. B-46002804, para la apertura de una cuenta restringida de recaudación en cada una de las provincias de la Comunidad Autónoma de Canarias, bajo la denominación "Tesorería de la Comunidad Autónoma de Canarias. Cuenta restringida de colaboración en la recaudación" asignándole el número de autorización que se indica:

ENTIDAD: Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja.

NÚMERO DE AUTORIZACIÓN: 01/2008.

Segundo: la entidad Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja, autorizada para colaborar en el servicio de recaudación, conforme a la presente Resolución comenzará a prestar sus servicios a partir del día siguiente a la publicación de la misma en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero: la entidad Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja, deberá comunicar a esta Dirección General, previamente al comienzo de la prestación del servicio, los códigos cuenta cliente asignados a las nuevas cuentas restringidas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de junio de 2008.- El Director General de Tributos, Francisco Clavijo Hernández.

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