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BOC Nº 129. Lunes 30 de Junio de 2008 - 1031

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

1031 - ORDEN de 19 de junio de 2008, por la que se efectúa convocatoria para el año 2008, para la concesión de subvenciones para fomentar la creación y expansión de empresas innovadoras de Base Tecnológica, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa Operativo de Canarias 2007-2013, eje 1 categoría 7, con un porcentaje de cofinanciación del 85,00%.

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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Industria, por el que se efectúa convocatoria para el año 2008, para la concesión de subvenciones para fomentar la creación y expansión de empresas innovadoras de Base Tecnológica, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa Operativo de Canarias 2007-2013, eje 1 categoría 7, con un porcentaje de cofinanciación del 85,00%.

Vista la iniciativa formulada por el Director General de Industria, a propuesta de la Secretaría General Técnica.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- Por Orden de 20 de septiembre de 2007, se aprobaron las bases reguladoras para el período 2007-2013, que habían de regir en la concesión de subvenciones, mediante concurso, el fomento de la creación y expansión de empresas innovadoras de Base Tecnológica, y se efectuó la convocatoria para 2007.

Segundo.- Para cada uno de los sucesivos ejercicios presupuestarios se publicará la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias en la que se establecerá el plazo de presentación de solicitudes, el importe correspondiente al ejercicio de que se trate y su aplicación presupuestaria.

Tercero.- Con fecha 4 de junio de 2008, la Dirección General de Asuntos con la Unión Europea ha emitido informe favorable.

Cuarto.- Con fecha 12 de junio de 2008 la Intervención Delegada de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio ha emitido informe favorable de fiscalización.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 10.2 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado parcialmente por el Decreto 103/2000, de 12 de junio, indica que para los sucesivos ejercicios presupuestarios se publicará anualmente en el Boletín Oficial de Canarias la correspondiente resolución fijando el plazo de presentación de solicitudes.

Segunda.- El artículo 10.4 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado parcialmente por el Decreto 103/2000, de 12 de junio, le atribuye la competencia para efectuar las convocatorias a los titulares de los Departamentos.

En su virtud, en uso de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar mediante concurso para el ejercicio 2008, la concesión de subvenciones para fomentar la creación y expansión de empresas innovadoras de Base Tecnológica, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa Operativo de Canarias 2007-2013, eje 1 categoría 7, con un porcentaje de cofinanciación del 85,00%.

Segundo.- Establecer como plazo máximo de presentación de solicitudes un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- El importe de los créditos presupuestarios que se destinan a la financiación de la presente convocatoria asciende a cuatrocientos mil (400.000,00) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 08.15.03.542J.770.00, proyecto de inversión 07715117 denominado "Fomento de Empresas de Base Tecnológica de nueva creación".

A dichos importes, con anterioridad a la Resolución de la convocatoria, se les podrán añadir los créditos que como consecuencia de la propia gestión del Programa se precisen, vía modificación de crédito o por incremento de la dotación inicialmente asignada al Programa en función del presupuesto consignado en el proyecto.

Cuarto.- Se delega en el Director General de Industria, el ejercicio de las siguientes competencias:

a) Resolver el concurso de la presente convocatoria.

b) La modificación de la presente Orden y la ampliación de los plazos establecidos en la misma.

c) Modificar, cuando proceda, la Resolución de concesión.

d) El inicio y resolución de los procedimientos de reintegro.

e) El inicio y resolución de los procedimientos sancionadores.

f) El acuerdo de abono anticipado, total o parcial de las subvenciones.

Quinto.- Facultar al Director General de Industria para dictar las instrucciones que sean necesarias para la mejor interpretación, desarrollo y ejecución de la presente Orden.

Sexto.- Para lo no previsto en la presente Orden, se estará a lo dispuesto en la normativa autonómica reguladora de subvenciones y en especial al Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a su publicación; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Las Palmas, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente al de la publicación; significándole que en el caso de presentar recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o hasta que se produzca la desestimación presunta del mismo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de junio de 2008.

EL CONSEJERO DE EMPLEO,

INDUSTRIA Y COMERCIO,

Jorge Marín Rodríguez Díaz.

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