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BOC Nº 125. Martes 24 de Junio de 2008 - 996

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejerías de Educación, Universidades, Cultura y Deportes y Empleo, Industria y Comercio

996 - Dirección General de Promoción Educativa.- Resolución de 19 de junio de 2008, por la que se convoca y se concretan determinados aspectos necesarios para el disfrute del uso gratuito de los libros de texto del alumnado matriculado en educación básica, en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, durante el curso escolar 2008/2009.

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Vista la necesidad de convocar y concretar determinados aspectos necesarios para continuar con la implantación progresiva del disfrute del uso gratuito de libros de texto en todos los niveles de la educación básica, durante el curso escolar 2008/2009 y, de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de fecha 13 de junio de 2008, se continúa con la implantación progresiva del uso gratuito de libros de texto en los niveles obligatorios de enseñanza de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias y se establecen las bases, de vigencia indefinida, reguladoras de las subvenciones genéricas al alumnado (B.O.C. nº 122, de 19.6.08).

Segundo.- Para el desarrollo y aplicación de la citada Orden, se hace necesario aprobar la convocatoria correspondiente al curso escolar 2008/2009, determinar los niveles educativos de implantación, la valoración económica asignada a cada nivel educativo y los porcentajes correspondientes a la reposición, así como los plazos de desarrollo de la acción.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único.- La Orden de la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de fecha 13 de junio de 2008, por la que se continúa con la implantación progresiva del uso gratuito de libros de texto en los niveles obligatorios de enseñanza de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias y se establecen las bases, de vigencia indefinida, reguladoras de las subvenciones genéricas al alumnado.

De acuerdo con lo anterior, y en uso de la delegación establecida en la disposición sexta de la citada Orden,

R E S U E L V O:

Primero.- Implantar, en el curso escolar 2008/2009, el uso gratuito de los libros de texto en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, en los siguientes niveles educativos: 3º y 4º cursos de Educación Primaria y 2º curso de Educación Secundaria Obligatoria.

Segundo.- Proceder a la reposición total de los libros de texto del alumnado matriculado en 3º y 4º cursos de Educación Primaria de los centros determinados por Resoluciones de la Viceconsejería de Educación como de Atención Preferente.

Tercero.- Así, teniendo en cuenta lo anteriormente establecido, convocar, para el curso escolar 2008/2009, el disfrute del uso gratuito de los libros de texto del alumnado matriculado en educación básica, en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, en sus dos modalidades para los siguientes niveles:

Modalidad A: Alumnado matriculado en 3º y 4º cursos de Educación Primaria y 2º curso de Educación Secundaria Obligatoria, y alumnado matriculado en 1º y 2º cursos de Educación Primaria.

Modalidad B: Alumnado matriculado en los niveles en los que se haya implantado con anterioridad el uso gratuito de los libros de texto o aquel de nueva incorporación al centro durante el presente curso escolar, es decir:

- Centros docentes públicos: 5º y 6º cursos de Educación Primaria y 1º curso de Educación Secundaria Obligatoria.

- Centros privados concertados: 1º curso de Educación Secundaria Obligatoria.

Cuarto.- La dotación económica de la citada convocatoria para el curso escolar 2008/2009 ascenderá a siete millones quinientos trece mil seiscientos euros con diez céntimos (7.513.600,10 euros), de los cuales seis millones setecientos sesenta y tres mil seiscientos euros con diez céntimos (6.763.600,10 euros) corresponden a la aplicación presupuestaria 18.06.423C 229.95, Uso Gratuito Libros de Texto, y setecientos cincuenta mil (750.000,00) euros a la aplicación 18.06.423C 480.00 184C0602, Uso Gratuito Libros de Texto Enseñanza Concertada. A dichos importes se les podrán incorporar otras cuantías derivadas de la suscripción de convenios de colaboración, para esta finalidad, con el Ministerio de Educación, Política Social y Deportes, así como otros créditos que se precisen vía modificación y/o generación de crédito.

Si se produjese dicho incremento éste se aprobará antes de que se dicte resolución definitiva que ponga fin al procedimiento.

Quinto.- Establecer, para el curso escolar 2008/2009, las valoraciones económicas por alumnado beneficiario y nivel educativo, así como los porcentajes correspondientes a la reposición:

Ver anexos - página 12136

La presente Resolución, al ser dictada en virtud de competencias delegadas, pone fin a la vía administrativa. Contra la misma cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, desde el día siguiente al de su publicación, o bien, interponer recuso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. En caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso-administrativa hasta que aquél sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo, en el plazo de un mes, a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de junio de 2008.- El Director General de Promoción Educativa, Alonso Cabrera Hernández.

Ver anexos - páginas 12137-12141

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