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BOC Nº 115. Martes 10 de Junio de 2008 - 2306

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Los Llanos de Aridane

2306 - EDICTO de 5 de mayo de 2008, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000463/2007.

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Dña. María Lourdes Zárate Salazar, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Los Llanos de Aridane y su Partido.

HAGO SABER: que en este Juzgado y con el nº 463-2007 se tramita juicio verbal, a instancia de la Procuradora Dña. Ana María Fernández Riverol, en representación de Dña. Carmen Luisa San Blas Reyes, sobre desahucio por falta de pago y reclamación de cantidades debidas, frente a D. Marcos Miguel Barreto Weeden, habiéndose dictado sentencia el día 24 de abril de 2008, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Ana María Fernández Riverol en representación de Dña. Carmen Luisa San Blas Reyes, contra Marcos Miguel Barreto Weeden, debo:

1º) Declarar haber lugar al desahucio del inmueble a que se contraen las actuaciones, condenando a la parte demandada al desalojo del mismo fijándose como fecha para el lanzamiento el próximo día 11 de junio de 2008 a las 10,00 horas.

2º) Condenar a la parte demandada a que abone a la actora la cantidad de 1.346,73 euros más las rentas devengadas hasta la fecha del desalojo de la vivienda. La parte demandada deberá asimismo abonar el interés legal del dinero desde la fecha de la sentencia.

3º) Condenar en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación. No se admitirá al demandado el recurso de apelación si, al prepararlo, no manifiesta, acreditándolo por escrito, tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas (artº. 449 LEC).

Así lo acuerda, manda y firma María de Coromoto Lozano León, Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de los de Los Llanos de Aridane."

Y para que sirva de notificación a D. Marcos Miguel Barreto Weeden, en paradero desconocido, se extiende el presente de conformidad a lo dispuesto en el artº. 497.2 de la LECn.

En Los Llanos de Aridane, a 5 de mayo de 2008.- La Secretario Judicial.

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