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BOC Nº 107. Jueves 29 de Mayo de 2008 - 2180

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de La Orotava

2180 - EDICTO de 13 de mayo de 2008, relativo a subasta recaída en el procedimiento de ejecución hipotecaria nº 0000324/2006.

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Dña. Rosa María Reyes González, Secretaria del Juzgado de Primera de Instancia nº 2 de La Orotava.

HAGO SABER: que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el nº 0000324/2006 a instancia de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. contra Bolliscum, S.L. sobre hipotecaria, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:

BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA

Y SU VALORACIÓN:

Finca Urbana, Edificio de dos plantas en El Polo, La Orotava, Urbanización El Obispo cuyo solar mide 160 metros cuadrados, inscrita al folio 204, tomo 961, libro 316, finca 15.437, La Orotava.

Edificio en construcción en La Orotava en El Polo, Urbanización El Obispo, mide su solar 160 metros cuadrados, totalmente construidos en planta baja y en la alta, por consecuencia de un pequeño volado, 162 metros cuadrados, de lo que corresponde a la edificación 158 metros, 82 decímetros cuadrados, y el resto a terraza. Linda el todo, norte, calle en proyecto; sur y este, resto de finca; y oeste, solares de Benito Álvarez López y Gregorio Álvarez Escobar.

Valor: 129,884,72 euros.

La subasta tendrá lugar el día 8 de julio de 2008 a las 9,30 en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de La Orotava.

CONDICIONES DE LA SUBASTA

1.- Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

1º.- Identificarse de forma suficiente.

2º.- Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la ... .

3º.- Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banesto nº 3770-0000-05-032406 o de que han presentado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con las cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

2.- Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

3.- Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.

4.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

5.- Que la certificación registral y la titulación sobre el/los inmueble/s que se subasta/n, está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado, entendiéndose por el mero hecho de participar en la subasta que todo licitador acepta como bastante la titulación existente.

6.- No consta en el proceso si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas del ejecutado.

7.- Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un Domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

8.- El presente edicto sirve de notificación a la entidad ejecutada Bolliscum, S.L. a los efectos del artº. 667.2º LEC, puesto que se desconoce el domicilio de la misma.

En La Orotava, a 13 de mayo de 2008.- El/la Secretario/a Judicial.

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