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BOC Nº 103. Viernes 23 de Mayo de 2008 - 2084

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

2084 - Viceconsejería de Ordenación Territorial.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 23 de abril de 2008, que dispone el emplazamiento de los interesados en el Procedimiento nº 256/2005, que se sigue ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, a instancias de Dña. María Isabel Frías García y otros, contra el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 26 de enero de 2005, por el que se aprueba definitivamente y de forma parcial la adaptación plena del Plan General de Ordenación de Granadilla de Abona (Tenerife).

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En cumplimiento de lo dispuesto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en el recurso 256/2005, que se sigue ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, a instancias de Dña. María Isabel Frías García y otros, contra el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 26 de enero de 2005, por el que se aprueba definitivamente y de forma parcial la adaptación plena del Plan General de Ordenación de Granadilla de Abona (Tenerife).

Considerando que el Tribunal Constitucional ha deducido de la consagración constitucional del derecho a obtener la tutela efectiva de los Jueces y Tribunales, la existencia de un deber de éstos de promover las posibilidades de defensa de todos aquellos que pudieran ver afectados sus derechos e intereses legítimos por la decisión de un proceso contencioso-administrativo, emplazándolos personalmente, siempre que ello fuera posible, para que comparezcan en él como codemandados, pero sin que dicho deber sea absoluto o incondicionado, pues, al no consagrar la Constitución de derechos absolutos o ilimitados, tampoco impone como correlato de los derechos fundamentales que garantiza obligaciones que tengan ese carácter, de modo que dicha limitación implícita del deber de emplazamiento personal deviene explícita cuando el recurso contencioso-administrativo en el que el emplazamiento no se produjo se dirigía contra una disposición de carácter general (Sentencia 61/1985 -RTC 1985/61-), contra un acto general normativo o contra un acto dirigido a una pluralidad indeterminada de sujetos (Sentencia 82/1985 -RTC 1985/82-), supuestos ambos en los que dicho Tribunal ha entendido que no se daba el deber de emplazamiento personal (Sentencia 133/1985, de 28 de octubre -RTC 1985/133- y Auto 875/1987, de 8 de julio -RTC 1987/875-), y teniendo en cuenta que la naturaleza jurídica del planeamiento -en concreto, de un Plan General de Ordenación- es la de una disposición de carácter general, según constante y reiterada jurisprudencia de la que son exponentes las Sentencias de 26 de enero de 1970 -RJ 1970/229-, de 4 de noviembre de 1972 -RJ 1972/4692-, de 10 de junio de 1977 -RJ 1977/3358-, de 11 de mayo de 1979 -RJ 1979/2450- y de 29 de septiembre de 1980 -RJ 1980/3463-,

R E S U E L V O:

Primero.- Emplazar a los interesados que se relacionan a continuación, a fin de que, si lo desean, puedan personarse ante dicho órgano jurisdiccional en el plazo de nueve días:

- Dña. Blanca Rodríguez de Azero y del Hoyo, D.N.I. 41923228.

- Dña. Margarita Rodríguez de Azero y del Hoyo, D.N.I. 41965222.

- D. Martín Lucas Rodríguez de Azero y del Hoyo, D.N.I. 41883917.

Segundo.- Hacer público el presente emplazamiento en el Boletín Oficial de Canarias, para que, si a su derecho conviene, comparezcan y se personen en los citados autos en el plazo de nueve días.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de abril de 2008.- El Viceconsejero de Ordenación Territorial, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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