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BOC Nº 103. Viernes 23 de Mayo de 2008 - 765

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Nombramientos, situaciones e incidencias - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

765 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 9 de mayo de 2008, por la que se dispone el nombramiento como funcionarios de carrera del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Técnicos Facultativos Superiores (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, especialidad Tecnologías de la Información, de los aspirantes seleccionados en virtud de pruebas selectivas convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de 11 de junio de 2007, y se les adjudica puesto de trabajo.

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Vista la documentación a que se refiere la base decimoquinta de la Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de 11 de junio de 2007 (B.O.C. nº 124, de 21.6.07), aportada por los aspirantes seleccionados, y de conformidad con lo dispuesto en la base decimosexta de la Orden antes citada, procede efectuar su nombramiento como funcionarios de carrera y adjudicarles puestos de trabajo.

En virtud de lo expuesto y teniendo en cuenta que no ha sido convocado concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo entre funcionarios de carrera del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Técnicos Facultativos Superiores (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, esta Dirección General, en uso de las competencias establecidas en el artículo 58.f) del Decreto 22/2008, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia, y Seguridad,

R E S U E L V E:

Primero.- Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Técnicos Facultativos Superiores (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, especialidad Tecnologías de la Información, a los aspirantes que se relacionan a continuación y asignarles número de registro de Personal:

Nº D.N.I.: 42874084Z.

APELLIDOS Y NOMBRE: Castellano Trujillo, Manuel Ángel.

Nº REGISTRO PERSONAL: 42874084Z AF A124.

Nº D.N.I.: 43753955C.

APELLIDOS Y NOMBRE: González Cabrera, Antonio Carlos.

Nº REGISTRO PERSONAL: 43753955C AF A124.

Segundo.- Adjudicarles, con carácter provisional, los siguientes puestos de trabajo:

Nº R.P.T.: 11070110.

CONSEJERÍA-CENTRO DIRECTIVO: Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda-Secretaría General Técnica.

APELLIDOS Y NOMBRE: Castellano Trujillo, Manuel Ángel.

LOCALIZACIÓN: Santa Cruz de Tenerife.

Nº R.P.T.: 10970810.

CONSEJERÍA-CENTRO DIRECTIVO: Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad-Dirección General de la Función Pública.

APELLIDOS Y NOMBRE: González Cabrera, Antonio Carlos.

LOCALIZACIÓN: Santa Cruz de Tenerife.

Tercero.- Los interesados deberán tomar posesión de su puesto de trabajo en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de Canarias, debiendo dar cumplimiento a la normativa sobre incompatibilidades y al acatamiento de la Constitución, Estatuto de Autonomía de Canarias y resto del Ordenamiento Jurídico.

Decaerán en su derecho en el supuesto de que no tomaran posesión en dicho plazo.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias; significando que, en el caso de presentar recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de mayo de 2008.- El Director General de la Función Pública, Juan Manuel Santana Pérez.

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