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BOC Nº 099. Lunes 19 de Mayo de 2008 - 1973

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

1973 - Dirección General de Cooperación y Patrimonio Cultural.- Anuncio de 28 de marzo de 2008, por el que se hace pública la Resolución de 27 de marzo de 2008, que rectifica la Resolución de 4 de diciembre de 2007, por la que se notifica la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, del expediente administrativo para la declaración como Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica, a favor de La Rasca, en el término municipal de Arona (Tenerife), y se emplaza a los interesados en el Procedimiento Ordinario nº 47/2007 (B.O.C. nº 7, de 10.1.08).

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En base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Único.- Se han apreciado un error y una omisión en el anuncio en el Boletín Oficial de Canarias de la Resolución de esta Dirección General de Cooperación y Patrimonio Cultural de 4 de diciembre de 2007, que notifica la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias del expediente administrativo para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica, a favor de "La Rasca", en el término municipal de Arona (Tenerife) y el emplazamiento a los interesados en el Procedimiento Ordinario nº 47/2007, al atribuirse a dicha disposición la fecha 17 de diciembre de 2007 y al no insertarse el anexo correspondiente (B.O.C. nº 7, de 10.1.08).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- A la vista del artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), en su redacción actual dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Segundo.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 13.2.b) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico del Boletín Oficial de Canarias, aprobado por el Decreto 184/1996, de 28 de julio (B.O.C. nº 91, de 29.7.96), donde se prevé que los errores y omisiones que no se infieran de la lectura del texto, y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del texto, se salvarán mediante disposición o acto del mismo rango.

Tercero.- De conformidad con los artículos 6 y 19.1 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias (B.O.C. nº 122, de 16.9.01); del artículo 19.o) del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 148, de 1.8.06), en su redacción actual, y con el Decreto 274/2007, de 24 de julio, por el que se nombra Directora General de Cooperación y Patrimonio Cultural (B.O.C. nº 149, de 25.7.07).

Visto lo expuesto,

R E S U E L V O:

Único.- La publicación, mediante anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, del contenido íntegro de la Resolución de esta Dirección General de Cooperación y Patrimonio Cultural nº 112/2007, de 4 de diciembre, que dice textualmente:

"Habiendo sido intentada la notificación personal a los interesados que se relacionan en el anexo adjunto, en la forma prevista en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. nº 167, de 14.7.98), de conformidad con el mismo artículo,

R E S U E L V O:

Primero.- Notificar, mediante anuncio en el Boletín Oficial de Canarias y en los tablones de edictos de los Ayuntamientos en los últimos domicilios conocidos, la Resolución de esta Dirección General de Cooperación y Patrimonio Cultural nº 20/2007, de 28 de febrero, que dice textualmente:

"ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Decreto 175/2006, de 28 de noviembre, del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 238, de 11.12.06), se declaró Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica "La Rasca", en el término municipal de Arona, en la isla de Tenerife.

Segundo.- Por escrito de 16 de febrero de 2007, que tuvo entrada en el Registro General de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes el 21 de febrero de 2007, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias requirió la remisión del correspondiente expediente administrativo y la notificación consiguiente a cuantos aparezcan como interesados en el mismo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. nº 167, de 14.7.98), donde se establece que los expedientes requeridos deberán ser remitidos en el plazo improrrogable de veinte días, a contar desde que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano objeto del requerimiento y que la entrada se pondrá en conocimiento del órgano jurisdiccional.

Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley antes citada, que contempla que la resolución por la que se acuerda remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días, y que la notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común.

Visto lo expuesto,

R E S U E L V O:

Primero.- La remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias del expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica, a favor de "La Rasca", en el término municipal de Arona (Tenerife).

Segundo.- Notificar la presente a cuantos aparezcan como interesados en el mencionado procedimiento, emplazándoles para que puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días, contados a partir del siguiente al de dicha notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el Procedimiento Ordinario nº 47/2007, en legal forma, mediante Procurador con poder al efecto y con firma de Abogado. Haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna."

Segundo.- Remitir la presente Resolución a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.- Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de diciembre de 2007.- La Directora General de Cooperación y Patrimonio Cultural, María Aránzazu Gutiérrez Ávila.

A N E X O

Rosario Calzadilla Alfonso.

Faro (calle Santa Ana, C.B., Arona, Tenerife)."

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de marzo de 2008.- La Directora General de Cooperación y Patrimonio Cultural, María Aránzazu Gutiérrez Ávila.

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