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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- El Colegio Oficial de Graduados Sociales y Diplomados en Relaciones Laborales de Santa Cruz de Tenerife interpone demanda contencioso-administrativa contra la Resolución de 23 de abril de 2007, de la Dirección General de Personal, por la que se desestima el recurso potestativo de reposición contra la Resolución de 9 de febrero de 2007, de la Dirección General de Personal por la que se convocó concurso de méritos para formar parte de las listas de reserva para cubrir posibles sustituciones en determinadas especialidades de Enseñanza Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas, Formación Profesional y Artes Plásticas y Diseño.Segundo.- Esta demanda se diligencia como Procedimiento Abreviado nš 618/2007 ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nš 1 de Santa Cruz de Tenerife.
Tercero.- Por oficio del citado órgano judicial se nos requiere la remisión del expediente administrativo y el emplazamiento del Colegio Oficial de Graduados Sociales y Diplomados en Relaciones Laborales de Santa Cruz de Tenerife.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El artículo 48.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. nš 167, de 14.7.98), establece que el órgano jurisdiccional requerirá a la Administración que le remita el expediente administrativo, ordenándole que practique los emplazamientos previstos en el siguiente artículo 49.Segundo.- El artículo 49.1 de la misma Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, regula que la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días.
Tercero.- El artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nš 285, de 27.11.92), en su actual redacción, establece que, cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o el medio al que se refiere el punto uno del mismo artículo, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento en su último domicilio, en el Boletín Oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, según cuál sea la Administración de la que proceda el acto a notificar, y el ámbito territorial del órgano que lo dictó.
En virtud de las competencias que me otorga el artículo 13.1.s) del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (B.O.C. nš 148, de 1.8.06), en su redacción actual,
R E S U E L V O:
Primero.- Ordenar la remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nš 1 de Santa Cruz de Tenerife del expediente administrativo relativo al Procedimiento Abreviado nš 618/2007.
Segundo.- A través de la presente Resolución, emplazar a los interesados relacionados en el anexo I, a fin de que, si lo desean, puedan personarse como demandados ante el citado órgano jurisdiccional en el plazo de nueve días a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de abril de 2008.- La Directora General de Personal, María Teresa Covisa Rubia.
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Ver anexos - Página/s 9392-9399
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