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2008/091 - Miércoles 7 de Mayo de 2008

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

Regresar al sumario 1830 Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 3 de abril de 2008, del Director, relativa a notificación de la Resolución de 19 de junio de 2006, recaída en el expediente DF-304/05, seguido a D. José Santana Ramírez, en ignorado paradero.

No habiéndose podido notificar a D. José Santana Ramírez en la forma prevista en el artē. 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nē 285, de 27.11.92), la Resolución del Director del Instituto Canario de la Vivienda, de fecha 19 de junio de 2006, recaída en el expediente de desahucio administrativo DF-304/05 por infracción del artē. 68.1.a) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y siendo necesario notificarle dicho trámite, al ser parte interesada, conforme a lo previsto en el apartado 5ē del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a D. José Santana Ramírez la Resolución de fecha 19 de junio de 2006, recaída en el expediente de desahucio administrativo DF-304/05, que le ha sido instruido por infracción del artē. 68.1.a) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, por falta de pago de las cantidades exigibles por gastos comunes, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:

"Desahuciar a D. José Santana Ramírez, de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo 938 Viviendas Nueva Paterna, calle Manuel de Falla, 62, bloque nē 8, piso 3ē, letra G, LP-938/559, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.

Que transcurridos quince (15) días desde la notificación de la Resolución y salvo que por el expedientado se efectúe el pago de ochocientos cuarenta (840,00) euros y de la cantidad devengada con posterioridad a la fecha de la misma, adeudadas a la Junta Administradora del edificio en que reside, se procederá al lanzamiento del mismo de la vivienda adjudicada, así como de las personas que en ella hubiera y de los muebles y enseres que allí se hallaren.

El lanzamiento será ejecutado por el Instituto Canario de la Vivienda, que designará a las personas que hubieran de llevarlo a efecto, para lo cual se recabará la preceptiva autorización judicial y el auxilio, en su caso, de las Fuerzas de Orden Público.

Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda, Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero."

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de abril de 2008.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.

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