

|
|
|
R E S U E L V O:
Notificar a D. José Santana Ramírez la Resolución de fecha 19 de junio de 2006, recaída en el expediente de desahucio administrativo DF-304/05, que le ha sido instruido por infracción del artē. 68.1.a) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, por falta de pago de las cantidades exigibles por gastos comunes, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:
"Desahuciar a D. José Santana Ramírez, de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo 938 Viviendas Nueva Paterna, calle Manuel de Falla, 62, bloque nē 8, piso 3ē, letra G, LP-938/559, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.
Que transcurridos quince (15) días desde la notificación de la Resolución y salvo que por el expedientado se efectúe el pago de ochocientos cuarenta (840,00) euros y de la cantidad devengada con posterioridad a la fecha de la misma, adeudadas a la Junta Administradora del edificio en que reside, se procederá al lanzamiento del mismo de la vivienda adjudicada, así como de las personas que en ella hubiera y de los muebles y enseres que allí se hallaren.
El lanzamiento será ejecutado por el Instituto Canario de la Vivienda, que designará a las personas que hubieran de llevarlo a efecto, para lo cual se recabará la preceptiva autorización judicial y el auxilio, en su caso, de las Fuerzas de Orden Público.
Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda, Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero."
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de abril de 2008.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.
| © GOBIERNO DE CANARIAS |