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BOC Nº 091. Miércoles 7 de Mayo de 2008 - 668

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

668 - Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.- Resolución de 4 de marzo de 2008, por la que se resuelve la exclusión de la lista de reserva de personal interino de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Canarias, a D. Luis Inervelio Rodríguez Brito.

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Visto el expediente de referencia y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Que con fecha 6 de febrero de 2008 se procede a efectuar el proceso de selección de conformidad con lo establecido en la Orden de 30 de diciembre de 2004 (B.O.C. nº 7, de 12 de enero), por la que se regula la selección, el nombramiento y cese de los funcionarios interinos de los Cuerpos de Médicos Forenses, de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia en Canarias, ofreciendo plazas vacantes de la lista de reserva de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Canarias a D. Luis Inervelio Rodríguez Brito.

El día 6 de febrero de 2008, se procede a contactar telefónicamente con D. Luis Inervelio Rodríguez Brito para proceder a comunicarle de forma oficial la oferta de plazas de la lista de reserva de Gestión Procesal y Administrativa de la que formaba parte. El Sr. Rodríguez Brito responde al llamamiento renunciando a la oferta de plazas por encontrarse trabajando.

Segundo.- Con fecha 7 de febrero de 2008 se intenta de nuevo contactar telefónicamente con D. Luis Inervelio Rodríguez Brito, para que procediera a entregar la documentación acreditativa de su renuncia al llamamiento.

Tercero.- Mediante notificación personal se emplaza a D. Luis Inervelio Rodríguez Brito para que acuda ante este Centro Directivo el día 8 de febrero de 2008, con la finalidad de ofrecerle plazas vacantes de la lista de reserva de Gestión Procesal y Administrativa. No pudo efectuarse la notificación pues el citado funcionario no se encontraba en la dirección que consta en el registro de personal a efectos de notificaciones.

Cuarto.- Se intenta una segunda notificación personal mediante la cual se emplaza a D. Luis Inervelio Rodríguez Brito para que acuda ante este Centro Directivo el día 11 de febrero de 2008, con la finalidad de ofrecerle plazas vacantes de la lista de reserva de Gestión Procesal y Administrativa. No pudo efectuarse la notificación pues el citado funcionario no se encontraba en la dirección que consta en el registro de personal a efectos de notificaciones.

Quinto.- El funcionario interino, D. Luis Inervelio Rodríguez Brito, no comparece a la oferta oficial de plazas y dentro del plazo establecido no presenta la documentación acreditativa de renuncia justificada.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 13.3.1 de la Orden de 30 de diciembre de 2004, dispone, "Si ofertado un puesto de trabajo la persona llamada no aceptara el nombramiento, o no presentara en plazo la documentación indicada sin justificación, se entenderá que renuncia al nombramiento y quedará excluida de la lista de reserva ...".

D. Luis Inervelio Rodríguez Brito no acude a la comparecencia efectuada para proceder a la oferta de plazas de la lista de reserva de la que forma parte y tampoco presenta la documentación acreditativa para no ser excluido.

Esta Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 66 del Decreto 40/2004, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Justicia, y teniendo en cuenta los hechos y fundamentos jurídicos anteriormente alegados,

R E S U E L V E:

Excluir de la lista de reserva de personal interino a D. Luis Inervelio Rodríguez Brito, por no acudir al llamamiento realizado por parte de este Centro Directivo para ofertarle plazas de la lista de reserva de Personal interino de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En virtud del artículo 18.2 de la Orden de 30 de diciembre de 2004, la exclusión de la lista de reserva de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Canarias, lo será por una anualidad.

Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa cabrá interponer por el interesado recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir de la notificación, a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la misma, ante esta Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia o en su caso, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, significándole que de interponer el recurso potestativo de reposición no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo hasta la resolución de éste, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 15 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, artículo 36 del Decreto 116/2001, de 14 de mayo, artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de marzo de 2008.- La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, María Rosa Rubio Ramos.

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