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2008/090 - Martes 6 de Mayo de 2008

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Empleo, Industria y Comercio

Regresar al sumario 1819 Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 14 de abril de 2008, del Director, relativo a notificación de la Resolución de 28 de junio de 2007, por la que se declara justificada totalmente la subvención concedida a Dña. Nuria Ángeles Trujillo Gumbau, en ignorado domicilio.- Expte. 03-35/00805.

Habiendo sido intentada la notificación de la Resolución nš 07-35/2651, de 28 de junio de 2007, por la que se declara justificada totalmente la subvención concedida a Dña. Nuria Ángeles Trujillo Gumbau, expediente 03-35/00805, sin que haya sido recibida por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber al mismo que con fechas 20 de julio de 2007 y 23 de julio de 2007, fue intentada la mencionada notificación del tenor literal:

Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo, por la que se declara justificada totalmente la subvención concedida a Dña. Nuria Ángeles Trujillo Gumbau.

Visto el expediente 03-35/00805, en aplicación de la normativa vigente, resultan los siguientes antecedentes y fundamentos jurídicos:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Que mediante Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo nš 03-35/3097, de fecha 29 de septiembre de 2003, se concedió a Dña. Nuria Ángeles Trujillo Gumbau, provista del N.I.F. 42834985S, una subvención por importe de tres mil novecientos seis euros con cincuenta y ocho céntimos (3.906,58 euros) destinada a la constitución de minusválidos desempleados en trabajadores autónomos, de las previstas en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 16 de octubre de 1998 (B.O.E. nš 279, de 21.11.98), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en centros especiales de empleo y trabajo autónomo.

Segundo.- El beneficiario venía obligada a justificar la utilización de los fondos públicos en la realización de la actividad objeto de la subvención mediante la aportación de la documentación reseñada en el apartado cuarto y quinto del resuelvo de la citada Resolución, en los mismos términos de lo dispuesto en el artículo 10 de la citada Orden de 16 de octubre de 1998.

Tercero.- Con fecha 1 de junio de 2007, una vez presentada la documentación justificativa por el interesado, se emite informe por el funcionario competente, en orden al correcto empleo de los fondos percibidos por el beneficiario.

Cuarto.- Con fecha 12 de junio de 2007, la Intervención Delegada de la Consejería de Economía y Hacienda en el Servicio Canario de Empleo emite informe de fiscalización previa limitada favorable a la justificación presentada.

Quinto.- A la vista del citado informe y, de acuerdo con la documentación obrante en el expediente, en cumplimiento de lo previsto en la normativa aplicable, procede que por este órgano se dicte Resolución por la que se declare justificada totalmente la subvención concedida.

A los citados hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Directora del Servicio Canario de Empleo es competente para resolver el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (B.O.C. de 28 de abril), en relación con lo dispuesto en el artículo 18.4 del Decreto 150/2001, de 23 de julio (B.O.C. nš 91, de 25.7.01) según redacción dada por el Decreto 155/2002, de 24 de octubre (B.O.C. nš 152, de 15.11.02) por el que se modifican los Decretos de adaptación de los procedimientos de concesión de determinadas subvenciones por el Servicio Canario de Empleo y se establecen normas procedimentales.

Segundo.- El artículo 18.4 del Decreto 150/2001, de 23 de julio, introducido por Decreto 155/2002, de 24 de octubre, establece que "É emitido informe de fiscalización favorable, el órgano gestor dictará resolución por la que se declare justificada total o parcialmente la subvención concedida, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el artículo 17 ..." del citado Decreto.

Tercero.- El artículo 17 del citado Decreto 150/2001 regula el deber de los beneficiarios de las subvenciones a someterse a las actuaciones de comprobación que, en relación con la subvención concedida, se practiquen por el órgano concedente, previstas en la normativa reguladora, así como al control financiero que será ejercido por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias y por la Audiencia de Cuentas de Canarias, con independencia de las que pueda efectuar, en su caso, la Comisión y el Tribunal de Cuentas de las Comunidades Europeas, en el supuesto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo resultado de los cuales pudieran generase nuevos incumplimientos.

R E S U E L V O:

Primero.- Declarar justificada totalmente la subvención concedida a Dña. Nuria Ángeles Trujillo Gumbau, con N.I.F. 42834985S mediante Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo nš 03-35/3097, de fecha 29 de septiembre de 2003, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el mencionado artículo 17 del Decreto 150/2001.

Segundo.- Notificar esta Resolución al interesado en el expediente, con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nš 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nš 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.- La Dirección, p.d., 118/2004, de 29 de julio de 2004.- El Secretario General, Emiliano Santana Ruiz.

Este acto administrativo ha sido propuesto en Santa Cruz de Tenerife, a 22 de junio de 2007 por la Subdirectora de Empleo, María Teresa Covisa Rubia.

Lo que notifico a Vd., en cumplimiento a lo establecido en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.- El Jefe de Sección de Coordinación Técnica, Domingo Espino Angulo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de abril de 2008.- El Director, Alberto Génova Galván.

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