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"Asunto: requerimiento solicitud de subvención.
En relación con su solicitud de fecha 7 de diciembre de 2007, registrada de entrada en estas dependencias el día 7 de diciembre de 2007, con el número de registro 1519929, a los efectos de acogerse a las subvenciones previstas en el programa "Promoción del empleo autónomo", regulado en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo, se le requiere para que, en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del siguiente al de recibo de esta notificación, presente en este Instituto original y dos fotocopias de la siguiente documentación:
ˇ Memoria del proyecto empresarial, comprensiva de la actividad a realizar y acompañada del plan financiero y de las inversiones a realizar, según el anexo II de la solicitud.
ˇ Tarjeta identificativa del N.I.F. y D.N.I. del solicitante.
ˇ Documento que acredite el alta del solicitante en el Programa Informático Contable de la Comunidad Autónoma de Canarias (P.I.C.C.A.C.) debidamente registrado por la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias (se adjunta modelo).
ˇ Declaración del solicitante de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según el anexo IV de la solicitud.
ˇ En su caso, documento acreditativo de la constitución de la Comunidad de Bienes o Sociedad Civil.
ˇ En el caso de que haya iniciado la actividad, alta del trabajador/a en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, Régimen Especial que corresponda o Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
ˇ En el caso de que haya iniciado la actividad, declaración de alta en el Censo de Obligados Tributarios (Mod. 036).
Los modelos de solicitud, de memoria de viabilidad del proyecto y de la declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, podrá encontrarlos en nuestra página Web: http://www.gobiernodecanarias.org/empleo/portal/portalDesempleado/empleo/autonomos/solic_subvencion.html
La subsanación de las deficiencias señaladas en los párrafos anteriores, dentro del plazo establecido, significa la admisión a trámite de su solicitud, si bien no presupone la aprobación de la subvención interesada.
Una vez transcurrido este plazo, sin que se hubiese cumplimentado este trámite, este Organismo, en aplicación de lo recogido en el artículo 71.1 de la Ley Estatal 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nē 285, de 27.11.92), modificada por la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nē 12, de 14.1.99), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), le tendrá por desistido de su petición, previa resolución expresa que será dictada en los términos recogidos en el artículo 42 de la Ley citada.- Santa Cruz de Tenerife, a 13 de febrero de 2008.- La Jefa de Sección de Promoción a la Economía Social, Araceli García Santamaría."
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de abril de 2008.- El Director, Alberto Génova Galván.
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