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R E S U E L V O:
1º) Notificar al beneficiario Ángel Barrio Domínguez, la Resolución nº 158, de fecha 13 de febrero de 2008, de la Directora General de Promoción Económica, pudiendo comparecer por sí, o por medio de representante legalmente autorizado, en el plazo de diez (10) días siguientes a esta publicación, en las dependencias de esta Dirección General, sita en la calle León y Castillo, 431, Edificio Urbis, 2ª planta, derecha, Las Palmas de Gran Canaria, y en horario de atención al ciudadano, para tener conocimiento íntegro de los mencionados actos y dejar constancia del mismo en dichos expedientes, haciéndole saber que, transcurrido el plazo señalado sin cumplimentarlo se tendrá por realizado el presente trámite.
2º) Es parte dispositiva de la precitada resolución:
Declarar el expediente de no exigibilidad del abono de la subvención concedida, mediante Orden de 14 de julio de 2006, al amparo de las Órdenes de 6 de marzo de 2006, de convocatoria y de sus bases reguladoras, al beneficiario Ángel Barrio Domínguez, y recogida en el expediente administrativo LPA-06-466, por importe de 13.635,81 euros, por no cumplir las condiciones impuestas en la Resolución de concesión, relativas a las obligaciones de justificar tanto la inversión aprobada como la creación de los puestos de trabajo y, ambas dentro del plazo establecido, de conformidad con lo dispuesto en las precitadas Órdenes de concesión, convocatoria y bases reguladoras.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación; haciéndole saber que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.
3º) Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
4º) Remitir la presente Resolución al Ayuntamiento correspondiente al domicilio de notificación, para su exposición pública en el tablón de edictos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de abril de 2008.- La Directora General de Promoción Económica, Jimena Delgado-Taramona Hernández.
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