BOC - 2008/083. Jueves 24 de Abril de 2008 - 1585

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arrecife

1585 - EDICTO de 28 de enero de 2008, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000118/2007.

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El/la Secretario/a del Juzgado de Primera Instancia nº 1.

HACE SABER: que en los autos que luego se dirán consta la sentencia cuyo encabezado y parte dispositiva tiene el tenor literal siguiente:

El Sr. D. Javier Pérez Minaya, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de esta capital y su Partido, ha pronunciado en nombre del Rey, la siguiente:

SENTENCIA

D. Javier Pérez Minaya, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arrecife.

En Arrecife, a 21 de septiembre de 2007.

Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado D. Javier Pérez Minaya los autos de juicio verbal 118/07, en los que han sido partes la demandante la fundación Anna-Birkholz, representada por la procuradora Dña. Soledad Tello, y la demandada Dña. Sara Llanos García, y en atención a los siguientes

FALLO

Que estimando la demanda presentada por la procuradora Dña. Soledad Tello, en representación de la fundación Anna-Birkholz, contra Dña. Sara Llanos García, declaro resuelto el contrato de arrendamiento existente entre las partes por falta de pago de las rentas pactadas y cantidades asimiladas y referentes a la finca sita en Puerto del Carmen, Tías, calle Palangre, 4, letra C, bloque B5, apartamento 1; en consecuencia declaro haber lugar al desahucio de la referida finca, apercibiendo a la demandada de que deberá desalojarla de inmediato y, de no hacerlo así, se procederá a su lanzamiento.

Del mismo modo condeno a Dña. Sara Llanos García al pago de las costas causadas en el presente juicio.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, que deberá interponerse en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia estando celebrando audiencia pública el Magistrado-Juez que la dictó. Doy fe.

En Arrecife, a 28 de enero de 2008.- El Secretario.



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