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BOC Nº 081. Martes 22 de Abril de 2008 - 605

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

605 - ORDEN de 31 de marzo de 2008, por la que se modifica el plazo de resolución de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2007, de subvenciones destinadas a instalaciones de energía solar térmica.

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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Energía, para la modificación del plazo máximo de resolución de la convocatoria correspondiente al año 2007, realizada mediante Orden de 5 de septiembre de 2007, por la que se efectúa convocatoria para el año 2007 para la concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energía solar térmica en base a la Orden de 11 de octubre de 2006, que aprueba las bases que rigen la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energía solar térmica.

Vista la iniciativa formulada por el Director General de Energía, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

1. Por Orden de 11 de octubre de 2006, se aprueban las bases que rigen la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energía solar térmica.

2. La base 10 establece que el Consejero de Empleo, Industria y Comercio dictará Resolución antes del 31 de diciembre del año en curso.

3. Mediante Orden de 5 de septiembre de 2007, se efectúa convocatoria para el año 2007 para la concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energía solar térmica.

4. La parte resolutoria segunda de la citada Orden establece que el plazo máximo para la presentación de solicitudes será de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, finalizando el mismo el 17 de octubre de 2007.

Mediante Orden de 13 de diciembre de 2007, se ampliaron los créditos destinados a la convocatoria en 849.437,37 euros, quedando la dotación económica de la convocatoria en 2.554.197,37 euros.

5. Para la convocatoria correspondiente al ejercicio presupuestario 2007, se han presentado 101 solicitudes, con una inversión total prevista de más de 12 millones de euros y una subvención solicitada superior a los 4.500.000 euros.

6. Para la citada convocatoria 2007, dado que realizar los trámites previstos en tan corto intervalo de tiempo, llevaría aparejado el que muchos de los proyectos no pudieran ser atendidos, y teniendo en cuenta, sobre todo el grave perjuicio económico que se ocasionaría a los solicitantes como consecuencia de ello, es por lo que se consideró necesario modificar, para este ejercicio, el plazo de resolución, lo cual se llevó a cabo mediante Orden de 28 de diciembre de 2007, estableciendo como nuevo plazo de resolución el 31 de marzo de 2008.

7. La imposibilidad material de resolver esta convocatoria, antes del 31 de marzo de 2008, como consecuencia del retraso en la incorporación de remanentes, hace necesario prorrogar este plazo hasta el 30 de abril de 2008.

8. Con fecha 27 de marzo de 2008, la Intervención Delegada en la Consejería de Empleo, Industria y Comercio ha emitido informe favorable de fiscalización.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 10.4 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, indica que corresponde aprobar las bases y efectuar las convocatorias y por ende la modificación de las mismas a los titulares de los Departamentos, a iniciativa de los órganos gestores.

Segunda.- El último párrafo del apartado 1 del artículo 10 del Decreto 337/1997 citado, señala que cualquier modificación de las bases de una convocatoria deberá ser objeto de publicación en el Boletín Oficial de Canarias, debiendo concederse nuevo plazo de presentación de solicitudes si la modificación afecta al régimen de concurrencia. La modificación que se pretende, relativa a la ampliación del plazo de resolución de la convocatoria, no afecta al régimen de concurrencia.

En virtud de lo anteriormente expuesto y en uso de la competencia legalmente atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar el plazo máximo de resolución de la convocatoria correspondiente al año 2007, convocada mediante Orden de 5 de septiembre de 2007, por la que se efectúa convocatoria para el año 2007 para la concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energía solar térmica en base a la Orden de 11 de octubre de 2006, que aprueba las bases que rigen la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energía solar térmica, estableciendo como nuevo plazo de resolución el 30 de abril de 2008.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Las Palmas, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación; significando que en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o hasta que se produzca la desestimación presunta del mismo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de GranCanaria, a 31 de marzo de 2008.

EL CONSEJERO DE EMPLEO,

INDUSTRIA Y COMERCIO,

Jorge Marín Rodríguez Díaz.

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