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"Asunto: requerimiento documentación seguimiento I+E.
En relación a la subvención por la contratación con carácter indefinido de los trabajadores desempleados a jornada completa D. Silvestre Medina de Jesús, D. Ricardo Cruz Pérez y D. Gerardo Díaz Polaina, y, a jornada parcial (10 horas/semana) Dña. María José Legarza Negrín, concedida a la entidad denominada A.C. Digital y Servicios, S.L., mediante Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo nē 3472, de fecha 30 de junio de 2003, al amparo de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 15 de julio de 1999 (B.O.E. nē 182, de 31 de julio), por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificadas como I+E, se le informa de lo siguiente:
ˇ El artículo 25 de la Orden de 15 de julio de 1999, así como la propia Resolución de concesión (notificada el 22 de julio de 2003), establecen la obligación del beneficiario de la subvención de mantener el nivel de plantilla de trabajadores contratados indefinidamente y de los socios trabajadores de cooperativas y sociedades laborales durante al menos tres años. Cuando en dicho plazo se produzca el cese de trabajadores fijos o socios trabajadores, salvo en los supuestos de fuerza mayor, la empresa antes de transcurrido el plazo de un mes está obligada a sustituirlos al menos por la misma jornada sin que dicha contratación dé lugar a una nueva subvención.
Asimismo, el trabajador sustituto debe reunir las mismas condiciones que el inicial, es decir, estar desempleado en el momento de su contratación y que su contrato de trabajo sea indefinido.
Del preceptivo control de plantillas que realiza este Organismo sobre los trabajadores contratados indefinidamente y los socios trabajadores de cooperativas y sociedades laborales, se ha constatado que los trabajadores subvencionados D. Silvestre Medina de Jesús con alta laboral el 1 de julio de 2002, causó baja en la Seguridad Social el día 1 de septiembre de 2003, por lo que sólo reúne 428 días, y, Dña. María José Legarza Negrín con alta el 4 de septiembre de 2002, causó baja el 29 de febrero de 2004, reuniendo sólo 544 días, por lo que se le requiere para que aporte en el plazo de diez días hábiles a partir de la notificación del presente escrito, la documentación que sigue, de la cual deberá presentar dos ejemplares, uno de ellos original y/o fotocopia/s debidamente compulsada/s:
ˇ Escrito del representante de la empresa en el que se hagan constar los nombres, apellidos y N.I.F. de los trabajadores desempleados que sustituyan a D. Silvestre Medina de Jesús y a Dña. María José Legarza Negrín.
ˇ Fotocopias compulsadas de los contratos indefinidos, altas en la Seguridad Social y N.I.F. de los trabajadores desempleados que sustituyan a D. Silvestre Medina de Jesús y a Dña. María José Legarza Negrín.
Se le advierte de que de no presentar la documentación requerida en el plazo establecido, se procederá a iniciar el reintegro total o parcial de las cantidades indebidamente percibidas, con los intereses correspondientes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26.2 de la Orden de 15 de julio de 1999, en relación directa con el procedimiento de reintegro regulado en la Ley General de Subvenciones, sin perjuicio de lo establecido en el Título IV de la misma Ley General de Subvenciones y en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.- Santa Cruz de Tenerife, a 28 de enero de 2008.- La Jefe de Sección de Creación de Empleo y Actividades I, María Jesús Delgado Rodríguez."
Santa Cruz de Tenerife, a 4 de abril de 2008.- El Director, Alberto Génova Galván.
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