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No habiéndose podido practicar la notificación a Dña. Saturnina Calixto López de la Resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, nº 628, de fecha 4 de marzo de 2008, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,
R E S U E L V O:
Notificar a Dña. Saturnina Calixto López la resolución nº 628 de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 4 de marzo de 2008, recaída en el expediente instruido en esta Agencia con referencia P 2025/2005, y cuya parte dispositiva dice textualmente:
"Primero.- Revocar Resolución nº 527, de 23 de febrero de 2007, identificada en el primer antecedente de hecho de la presente resolución, por los motivos y sin perjuicio de lo expuesto en el II fundamento de derecho de la misma.
Segundo.- Notifíquese a los interesados.
Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente, recurso de reposición ante el Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que por turno corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente.
Remitir la presente resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos."
Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de marzo de 2008.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.
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