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2008/075 - Lunes 14 de Abril de 2008

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

Regresar al sumario 572 Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 28 de marzo de 2008, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 22 de febrero de 2008, relativo a la inaplicabilidad de la evaluación ambiental al documento de Estrategia Canaria de Lucha contra el Cambio Climático.

En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha de 22 de febrero de 2008, relativo a la inaplicabilidad de la evaluación ambiental al documento de Estrategia Canaria de Lucha contra el Cambio Climático, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de marzo de 2008.- El Director General de Urbanismo, Jesús Romero Espejo.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 22 de febrero de 2008, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Entender, en la misma línea que la propuesta por la Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y de Lucha contra el Cambio Climático, la improcedencia de someter al procedimiento de evaluación estratégica previsto en la Ley 9/2006, de 28 de abril, la Estrategia Canaria de Lucha contra el Cambio Climático, habiéndose seguido criterios similares para la aprobación de la Estrategia Española de Cambio Climático y Energía Limpia, la Estrategia Española de Calidad del Aire, o el I y II Programas Nacionales de Reducción de Emisiones.

Segundo.- Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 16.1 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de Medio Ambiente, en el procedimiento de aprobación de la "Estrategia Canaria de Lucha contra el Cambio Climático" se lleven a cabo las siguientes previsiones:

a)Informar al público mediante avisos públicos u otros medios apropiados.

b)Facilitar al público una información inteligible.

c)Que asimismo el público pueda presentar comentarios o formular alegaciones antes de que se adopten decisiones de carácter definitivo sobre el documento.

d)Tener en cuenta los resultados de la participación pública al adoptar la decisión que corresponda para la aprobación de la Estrategia Canaria de Lucha contra el Cambio Climático.

e)Informar al público de las decisiones adoptadas, sus motivos y consideraciones, incluyendo la información relativa al proceso de participación.

Tercero. El presente Acuerdo será notificado a la Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y de Lucha contra el Cambio Climático y publicado en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Ángela Sánchez Alemán.

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