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Se hace necesario corregir los errores materiales y de hecho detectados en la Orden de 1 de marzo de 2008, por la que se convoca procedimiento para la renovación del mandato a los actuales directores, y se convoca un concurso entre los funcionarios de carrera docentes para la selección de directores de los Centros Públicos de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nš 57, de 19.3.08), teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- La Orden de 1 de marzo de 2008 convoca procedimiento para la renovación del mandato a los actuales directores, y convoca un concurso entre los funcionarios de carrera docentes para la selección de directores de los Centros Públicos de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nš 57, de 19.3.08).Segundo.- En la citada Orden Departamental se ha detectado un error en la base III que se concreta en la omisión de los funcionarios de la Inspección de Educación en el apartado 6.1.1 relativo a la composición de las Comisiones de Selección en representación de la Administración Educativa, por lo que resulta necesaria su corrección.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único.- Lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E nš 285, de 27.11.92), en su redacción actual "Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".De acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 29.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nš 96, de 1 de agosto) y en el artículo 4 del Decreto 113/2006, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes (B.O.C. nš 148, de 1 de agosto), en su redacción actual,
D I S P O N G O:
Único.- Corregir los errores materiales y de hecho detectados en la Orden de 1 de marzo de 2008, por la que se convoca procedimiento para la renovación del mandato a los actuales directores, y se convoca un concurso entre los funcionarios de carrera docentes para la selección de directores de los Centros Públicos de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias, de la siguiente forma:
En la base III, apartado 6.1.1 sobre la representación de la Administración educativa en la composición de las Comisiones de Selección, en el primer guión, donde dice:
"6.1.1. En representación de la Administración educativa:
- Un presidente, designado por el Director General de Personal, a propuesta de la Dirección Territorial de Educación correspondiente, a elegir entre los directores o directoras de centros docentes públicos."
Debe decir lo siguiente:
"6.1.1. En representación de la Administración educativa:
- Un presidente, designado por el Director General de Personal, a propuesta de la Dirección Territorial de Educación correspondiente, a elegir entre los Inspectores de Educación y directores o directoras de centros docentes públicos.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca su desestimación presunta.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de marzo de 2008.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,
UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,
Milagros Luis Brito.
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