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2008/071 - Martes 8 de Abril de 2008

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

Regresar al sumario 1314 Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 25 de marzo de 2008, del Director Ejecutivo, sobre notificación a D. Felipe Victorio Quintana Marrero, de la Propuesta de Resolución recaída en el expediente I.U. 1331/04.

No habiéndose podido practicar la notificación a D. Felipe Victorio Quintana Marrero, de la Propuesta de Resolución, de fecha 10 de marzo de 2008, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a D. Felipe Victorio Quintana Marrero, de la Propuesta de Resolución, de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 10 de marzo de 2008, recaída en el expediente instruido en esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural por infracción de la legalidad urbanística con referencia I.U. 1331/04 y cuya parte dispositiva dice textualmente:

"SE PROPONE

Primero.- Imponer a D. Felipe Victorio Quintana Marrero una multa de ciento noventa y cinco mil (195.000) euros, como responsable en calidad de promotor de una infracción administrativa muy grave consistente en obras de reforma, ampliación de cuevas, construcción de terraza y apertura de pista, ubicadas en suelo clasificado y categorizado como suelo rústico de protección paisajística, en el lugar denominado La Peña, del término municipal de Santa Brígida (Gran Canaria), sin los títulos legitimantes necesarios para su ejecución, calificación territorial y licencia urbanística, tipificada en el artículo 202.4.a), en relación con el apartado 3.b) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias (TRLOTCENC) y sancionada en el artículo 203.1.c) del mismo cuerpo legal.

Segundo.- Ordenar el restablecimiento del orden jurídico infringido mediante la adopción de las medidas de reposición de la realidad física alterada y de demolición de las obras de referencia y a tal efecto requerir al interesado para que en el plazo de un mes presente en esta Agencia el correspondiente proyecto de demolición como primer trámite de la ejecución voluntaria advirtiéndoles de que de no cumplimentar el mencionado requerimiento se procederá a la ejecución forzosa, conforme al artículo 96 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.- Advertir al interesado de que si repone los terrenos al estado anterior a la comisión de la infracción, tendrá derecho a una reducción de la multa en un noventa por ciento (90%), de la que se haya impuesto o deba imponerse, siempre que se solicite con anterioridad a la finalización del correspondiente procedimiento de recaudación, mediante el correspondiente pago.

Si el restablecimiento del orden jurídico perturbado tuviera lugar mediante la legalización obtenida tras la imposición de la multa, los responsables de la perturbación que hubiesen instado la legalización dentro del plazo habilitado al efecto, tendrán derecho a la reducción en un sesenta por ciento de la multa que se haya impuesto en el procedimiento sancionador, siempre que se solicite con anterioridad a la finalización del procedimiento de recaudación mediante el correspondiente pago, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 182 del referido Texto Refundido.

Cuarto.- Notificar la presente Propuesta de Resolución al interesado, poniendo en su conocimiento, de conformidad con el artículo 19 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, lo siguiente:

a) Que frente a esta Propuesta de Resolución puede presentar alegaciones, documentos e informaciones, en el plazo de quince días, durante los cuales queda de manifiesto el expediente.

A esta notificación se acompaña una relación de los documentos obrantes en el expediente a fin de que pueda obtener copia de los que estime convenientes.

Una vez evacuado este trámite, y vistas las alegaciones, informaciones y pruebas aportadas, se elevará todo lo actuado al Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, para que resuelva lo que proceda."

A los efectos del artículo 19 del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se le informa de que los documentos obrantes en el expediente sancionador iniciado contra usted son los siguientes:

· Denuncia efectuada por Agente del Seprona, de 20 de octubre de 2004.

· Resolución del Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural nš 3920, de 15 de diciembre de 2004, por la que se ordena la suspensión de las obras, su precinto y se insta al interesado a la legalización de las mismas.

· Notificación al interesado de la citada Resolución.

· Acuse de recibo de Correos respecto de notificación de Resolución de 8 de enero de 2008.

· Solicitud del interesado de entrada en la Agencia de 14 de enero de 2008 solicitando copia del expediente.

· Oficio al interesado de salida el 29 de enero comunicando el importe a liquidar de las tasas por entrega de las copias solicitadas.

· Escrito de alegaciones del interesado con registro de entrada en esta Agencia de 31 de enero de 2008.

· Acuse de recibo del citado oficio de liquidación de tasas devuelto por ausente y consignado a 12 de febrero de 2008 "envío no retirado en el plazo establecido".

· Actas de notificación personal del citado oficio mediante Agente de Medio Ambiente, intentada el 19 de febrero y materializada el 20 siguiente.

· Escrito del interesado, entrada en la Agencia de 26 de febrero de 2008, acompañando documentación de ingreso de tasas y solicitando el envío de las copias.

· Acta de entrega de copias en domicilio del interesado, efectuada por Agente de esta Agencia el 28 de febrero de 2008.

· Propuesta de Resolución.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de marzo de 2008.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.

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