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D. Juan Avello Formoso, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nš 2 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de septiembre de 2007, D. Juan Avello Formoso, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nš Dos de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los autos de juicio de desahucio por falta de pago de la renta y reclamación de rentas seguidos ante el mismo bajo el número de registro 934/2007 promovidos por D. Juan Andrés Reyes Santana que compareció en los autos representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Quevedo Castellano, quien actuó bajo la dirección letrada de la Sra. Crespo Elipe, contra Dña. Eva Alicia Cabrera Ventura, que pese a estar citada en legal forma no compareció al acto del juicio declarándose en situación procesal de rebeldía.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por D. Juan Andrés Reyes Santana contra Dña. Eva Alicia Cabrera Ventura, debo:a) Declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que entre ellos mediaba sobre el local sito en la calle Retiro, 6, Vega de San Mateo, Las Palmas, de Las Palmas de Gran Canaria, condenando a la parte demandada a desalojarla en el plazo que marca la ley, bajo apercibimiento de lanzamiento si así no lo hiciere.
b) Condenar a la parte demandada al pago de 4.983,86 euros. Cantidad que devengará desde el 6 de julio de 2007 y hasta esta misma fecha el interés legal del dinero, y dicho índice incrementado en dos puntos desde hoy hasta su completo pago.
Todo ello imponiendo a la demandada las costas de esta primera instancia.
Y para que sirva de notificación a la demandada, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de enero de 2008.- El Magistrado-Juez.- La Secretaria.
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