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El artículo quinto, apartado 4 de la Resolución de 11 de marzo, establece "... que el plazo de presentación de solicitudes, que comenzará a computarse a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, se extenderá hasta el 31 de marzo de 2008".
El programa de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo, ha tenido algunas demoras en su tramitación con respecto a la planificación inicial que se había previsto, retrasándose la publicación de la convocatoria hasta el 17 de marzo de 2008, por lo que el plazo administrativo de presentación de solicitudes previsto inicialmente hasta el 31 de marzo de 2008 resulta del todo insuficiente para la preparación y presentación de los proyectos por parte de las entidades beneficiarias, haciendo peligrar la óptima ejecución de la convocatoria.
Por todo ello, a propuesta del Director del Servicio Canario de Empleo y atendiendo a dichas circunstancias excepcionales,
R E S U E L V O:
Modificar el artículo quinto, apartado 4 de la Resolución del Presidente del Servicio Canario de Empleo de fecha 11 de marzo de 2008 (B.O.C. nš 55, de 17.3.07), por la que se aprueba la convocatoria del ejercicio 2008, para la concesión de subvenciones previstas en el programa de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo, quedando redactado como sigue:
"El plazo de presentación de solicitudes, que comenzará a computarse a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, se extenderá hasta el 18 de abril de 2008."
Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de marzo de 2008.- El Presidente, Jorge Marín Rodríguez Díaz.
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