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"Visto el expediente de referencia, incoado a instancia de Dña. Delia Alonso Herrera, en calidad de administradora única y en representación de la entidad S´Volution Islas, S.A.L.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Que por Resolución nē 06-35/3408, dictada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 12 de diciembre de 2006, se concedió a la citada entidad una subvención para la incorporación de desempleados como socios trabajadores o socios de trabajo en cooperativas y sociedades laborales de las previstas en el artículo 2.a) (Incorporación de desempleados como socios trabajadores o socios de trabajo en cooperativas y sociedades laborales), de la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (B.O.E. nē 270, de 11.11.05), por importe de doce mil quinientos (12.500,00) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2006.23.01.322I.470.00, L.A./P.I. 23400601, denominación Desarrollo de la Economía Social.Segundo.- Asimismo la entidad beneficiaria venía obligada a justificar la utilización de los fondos públicos en la realización de la actividad objeto de la subvención mediante la aportación de la documentación reseñada en el resuelvo quinto de la citada Resolución y en los mismos términos en el artē. 10 de la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (B.O.E. nē 270, de 11.11.05).
Tercero.- Que la entidad aportó la documentación exigida, considerándose convenientemente justificada la primera anualidad de la subvención por el Centro Gestor e informada favorablemente por la Intervención Delegada en el Servicio Canario de Empleo mediante escrito de 25 de julio de 2007, nē 2390.
A los citados hechos les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Que el Subdirector de Promoción a la Economía Social es competente en la tramitación y dictado de la presente Resolución en virtud de la Resolución nē 07-35/2927, de fecha 18 de julio de 2007, por la que se delega la firma de determinados actos administrativos cuya competencia tiene conferida la Dirección del Servicio Canario de Empleo, todo ello en virtud de lo dispuesto en el artē. 9 de la Ley 12/2003, de 4 de abril (B.O.C. nē 80, de 28.4.03), en relación con el Decreto 155/2002, de 24 de octubre, por el que se modifica el Decreto 150/2001, de 23 de julio, que modifica los decretos de adaptación de los procedimientos de concesión de determinadas subvenciones y se establecen normas procedimentales.Segundo.- Examinada la documentación presentada y a la vista de los informes de la Intervención Delegada y del Centro Gestor procede declarar justificada la primera anualidad de la subvención de referencia, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el artículo 17 del Decreto 150/2001 mencionado.
Vistos los preceptos legales citados y demás concordantes de general aplicación,
R E S U E L V O:
Primero.- Declarar justificada la primera anualidad de la subvención concedida a la entidad S´Volution Islas, S.A.L. mediante Resolución nē 06-35/3408, dictada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 12 de diciembre de 2006, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el artículo 17 del Decreto 150/2001 mencionado.
Segundo.- Resta por aportar, por no haber finalizado el plazo de justificación estipulado en el resuelvo quinto de la citada Resolución de concesión, la segunda y tercera anualidad, plazo para justificar la utilización de los fondos públicos en la actividad objeto de subvención.
Notificar esta Resolución al interesado en el expediente respectivo con la indicación de que contra ésta, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Industria y Comercio en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artē. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nē 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nē 12, de 14.1.99), sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno interponer.- La Dirección del Servicio Canario de Empleo, p.d., el Subdirector de Promoción de la Economía Social (Resolución nē 07-35/2927, de 18.7.07), David Carlos Gómez Prieto. Este acto administrativo ha sido propuesto en Santa Cruz de Tenerife, a 30 de enero de 2008 por la Jefa de Sección de Promoción a la Economía Social, Araceli García Santamaría. Lo que notifico a Vd., en cumplimiento a lo establecido en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.- La Jefa de Sección de Promoción a la Economía Social, Araceli García Santamaría."
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de marzo de 2008.- El Director, Alberto Génova Galván.
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