Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 061. Miércoles 26 de Marzo de 2008 - 1173

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de La Orotava

1173 - EDICTO de 24 de enero de 2008, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000298/2006.

Descargar en formato pdf

JUZGADO DE: Primera Instancia nº 4 de La Orotava.

JUICIO: ordinario 0000298/2006.

PARTE DEMANDANTE: Dña. Karin Edeltraud Matilde Wehaus.

PARTE DEMANDADA: Dña. Ann Elisabeth King y D. Peter Emrys Jones.

SOBRE: materia.

En el juicio referenciado, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento literalmente dice:

En La Orotava, a 12 de diciembre de 2007.

Vistos por Dña. María Rosa Martínez López, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de La Orotava, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos ante este Juzgado bajo el nº 298/2006, instancia de Dña. Karin Edeltraud Matilde Wehaus representada por la Procuradora Dña. María de los Ángeles Martín Felipe y asistida por la Letrada Dña. Fraude Hanna Walzberg, contra Dña. Ann Elisabeth King representada por la Procuradora Dña. Natalia García Trujillo y asistida por la Letrada, Dña. María Luz Goya Pérez y contra D. Peter Emrys Jones, en situación de rebeldía procesal.

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales, Dña. María de los Ángeles Martín Felipe, en nombre y representación de Dña. Karin Edeltraud Matilde Wehaus contra Dña. Ann Elisabeth King y D. Peter Emrys Jones, debo condenar y condeno a los referidos demandados a los siguientes pronunciamientos:

1. A ejecutar, con el fin de evitar filtraciones de agua desde la finca nº 59 a la 57, una pared a todo lo largo del jardín a construir en el pasillo de la vivienda nº 57, dejando una cámara de unos diez centímetros, con recogida de las aguas filtradas, hacia la cazoleta de la red de desagües. Y ello con expreso apercibimiento de que en caso de no verificarlo voluntariamente y de forma inmediata, se mandará ejecutar por tercero a su costa.

2. A mantener la vegetación de su jardín de tal manera que no se extienda sobre la propiedad de la parte actora, bajo expreso apercibimiento de que, en caso contrario, podrá la actora cortar tal vegetación a su costa.

3. A ampliar o extender la tela existente actualmente en su propiedad con tubos galvanizados de tal forma que abarque todo el linde norte de su finca, y ello con el fin de evitar vistas directas o rectas sobre la finca de la actora.

4. A satisfacer las costas procesales.

Que desestimando íntegramente la demanda reconvencional interpuesta por la Procuradora de los Tribunales, Dña. Natalia García Trujillo, en nombre y representación de Dña. Ann Elisabeth King contra Dña. Karin Edeltraud Matilde Wehaus debo absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos efectuados en su contra, con expresa imposición de las costas procesales a la actora reconvencional.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes al que se notifique esta resolución.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, D. Peter Emrys Jones se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de esta Comunidad Autónoma para que sirva de notificación al demandado señalado.

En La Orotava, a 24 de enero de 2008.- La Secretaria Judicial.

© Gobierno de Canarias