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HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
Vistos por la Sra. Dña. Ana Fernández Arranz, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nš 1 de Granadilla de Abona, los presentes autos de juicio ordinario 148/2007, en los que figura como parte demandante Carlos Boti, S.L. y D. Carlos Manuel Boti Álvarez, asistida de el Letrado D. Juan José Rodríguez Martínez, representado por el Procurador D. Francisco González Pérez, siendo demandada la entidad Puertas Confort Arte, S.L., en rebeldía.
FALLO: que estimando la demanda interpuesta por D. Francisco González Pérez, en nombre y representación de Carlo Boti, S.L. y D. Carlos Manuel Boti Álvarez, condeno a Puertas Confort Arte, S.L. al pago de 39.368,03 euros, con los intereses legales desde la interpelación judicial, más 22,70 euros por día de depósito de los contenedores, en los almacenes de la entidad Vapores Suardíaz Sur Atlántico, S.L. del puerto de Santa Cruz de Tenerife, desde el 1 de enero de 2007 hasta el traslado de los mismos a los de la actora, señalado para el día 19 de diciembre de 2007, y costas.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme, que contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación, ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.
Así lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.
PUBLICACIÓN: Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia, por la misma Juez que la dictó, estando en audiencia pública, en Granadilla de Abona, en el día de la fecha.
Y para que sirva de notificación a la entidad mercantil demandada Puertas Confort Arte, S.L. declarada en rebeldía procesal y en paradero desconocido, expido y libro el presente en Granadilla de Abona, a 12 de diciembre de 2007.- La Secretaria Judicial.
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