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R E S U E L V O:
1º) Notificar al beneficiario Pensión Trends, S.L. la Resolución de la Directora General de Promoción Económica nº 800, de fecha 6 de noviembre de 2008, pudiendo comparecer por sí, o por medio de representante legalmente autorizado, en el plazo de diez (10) días siguientes a esta publicación, en las dependencias de esta Dirección General, sita en la Avenida José Manuel Guimerá, 10, Edificio de Usos Múltiples II, 5ª planta, de Santa Cruz de Tenerife, y en horario de atención al ciudadano, para tener conocimiento íntegro del mencionado acto y dejar constancia del mismo en dicho expediente, haciéndole saber que, transcurrido el plazo señalado sin cumplimentarlo se tendrá por realizado el presente trámite.
2º) La parte dispositiva de la precitada resolución dispone:
Iniciar el expediente de no exigibilidad del abono de la subvención concedida, mediante Orden de 17 de julio de 2007, al amparo de las Órdenes de 8 de noviembre de 2007, de convocatoria y de sus bases reguladoras, a Pensión Trends, S.L., al no cumplir las condiciones impuestas en la resolución de concesión, relativas a la obligación de la realización de la actividad subvencionada, de conformidad con lo dispuesto en las precitadas Órdenes de concesión, convocatoria y bases reguladoras.
Conceder a Pensión Trends, S.L., un plazo de audiencia de diez días, de acuerdo a lo establecido en el artículo 36.2 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, en conexión con el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Concluido este trámite y vistas las actuaciones pertinentes se dictará la Resolución que corresponda.
3º) Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
4º) Remitir la presente Resolución al Ayuntamiento correspondiente al domicilio de notificación, para su exposición pública en el tablón de edictos.
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de marzo de 2008.- La Directora General de Promoción Económica, Jimena Delgado-Taramona Hernández.
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