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Vistos los Informes de las Direcciones Generales del Servicio Jurídico, de la Función Pública y de Planificación y Presupuesto.
Considerando que el procedimiento de valoración no ha finalizado y su culminación conlleva un incremento en el número de asistencias a devengar.
En el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 9 del Decreto 22/2008, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad,
R E S U E L V O:
Ampliar en treinta (30) el número de asistencias a devengar por los miembros de la Comisión de Evaluación designada para valorar los méritos de los concursantes, y en consecuencia fijar el número total de asistencias establecido en el apartado 7 de la base octava de la citada convocatoria en sesenta (60).
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife. Asimismo, a criterio de los interesados, podrán interponer en vía administrativa el recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la publicación de esta Orden, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de marzo de 2008.
EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,
JUSTICIA Y SEGURIDAD,
José Miguel Ruano León.
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